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Otorgarle autonomía al Ifai, entre las modificaciones que se proponen a la legislación

La Cámara de Diputados, sin fecha para debatir la ley de transparencia

Las resoluciones del instituto serán inatacables para dependencias federales, plantea la reforma

 
Periódico La Jornada
Sábado 9 de abril de 2011, p. 12

El presidente de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, Javier Corral, expuso que el presidente de la Comisión de Justicia, el priísta Humberto Treviño –ex procurador general de la República– no ha convocado a sesionar a ese grupo de trabajo para debatir, y en su caso aprobar, reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública gubernamental.

El predictamen que se encuentra en reserva en la Comisión de Justicia establece, entre otros cambios, que las resoluciones del instituto serán definitivas e inatacables para las dependencias y entidades de gobierno, en tanto que los particulares sí podrán impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación.

La relevancia de esa modificación al artículo 59 de la citada ley radica en que dependencias, como la PGR y el SAT, se negaban reiteradamente a entregar la información requerida e impugnaron en diversas ocasiones las resoluciones del Ifai.

También se garantizaría, con la reforma al artículo 18 bis la transparencia de los recursos públicos que se encuentran en fideicomisos.

Se trataría de que los titulares de éstos –que involucren recursos públicos federales– no podrán alegar que su información se encuentra protegida por los secretos fiduciario, bancario y fiscal. Esto sólo ocurrirá cuando se involucren recursos privados.

El cambio del artículo 12 del mismo ordenamiento contempla que los recursos que por condonaciones fiscales se destinan a particulares deberán ser del conocimiento público. Es decir, las entidades gubernamentales deberán informar sobre los recursos públicos que detentan a cualquier persona, entre ellos, a los rubros de cualquier subsidio o tratamiento especial por excepción cancelación o condonación tributaria o fiscal.

La reforma a los artículos 46 y 55 bis facultaría al Ifai para que obligue a las entidades públicas a ordenar la elaboración de documentos que contengan la información solicitada. Hasta la fecha muchas instituciones públicas esgrimen que no cuentan con la información que se les requiere.

Los cambios al artículo 55 bis y 59 consideran que la prueba de interés público se dará cuando excepcionalmente se trate de transparentar la información confidencial ante la presentación de un recurso de revisión y se acredite que hay razones para difundirla. Se incorporaría a la ley la prueba de daños que consiste en que el Ifai exponga las razones por las cuales no se puede otorgar la información solicitada.

También el artículo 33 (modificado) establecería que el Ifai será un organismo descentralizado de la administración pública federal, no sectorizado, especializado en materia de acceso a la información, imparcial y con autonomía operativa, presupuestaria, de gestión y decisión.