Opinión
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Agenda Judicial
Castas e incumplimiento constitucional
D

urante el virreinato, las castas sociales se dividieron según la pureza de la sangre. Hoy el acomodo social deriva de la pureza política. Las élites políticas son intocables. Su cercanía a los poderes fácticos, algunos innombrables, los sitúa en el primer escalón social. Basta pertenecer a los grupos que pueden contrariar al sistema para recibir un trato distinto.

En este nuevo catálogo, el grupo de los otrora juzgadores federales, sin importar su desempeño personal o qué tanto hubieran contrariado al sistema en lo individual, recibe el trato que parece adecuado a la nueva administración, autoidentificada en dar seguimiento a las políticas anteriores, con el personal impuesto. Si alguien no les merece ni el derecho de defensa, son estos exfuncionarios.

Parte de la reforma judicial consistió en ofrecer a los otrora juzgadores federales que, si no postulaban a la votación, recibirían una compensación. Aquellos jueces eran trabajadores públicos y se les ofreció una indemnización constitucional como a cualquier obrero: tres meses de sueldo y veinte días de salario por cada año de servicio. Por distintos motivos, 500 juzgadores (jueces y magistrados, algunos con más de 55 años de servicio judicial federal) se jubilaron o prejubilaron; los que no decidieron postularse y tienen derecho a esa indemnización, no la han recibido. Se dijo que saldría de los fideicomisos judiciales, tildados de corruptos sin comprobación. Esos recursos dejaron de estar disponibles para el poder judicial. Estaban planeados para ser autosustentables y habrían alcanzado para los pagos respectivos; esos recursos salieron del presupuesto y fueron aprobados cada año por el poder legislativo, a propuesta del poder ejecutivo. No eran recursos escondidos: se publicitaba su manejo en el Diario Oficial de la Federación puntualmente. Señalar que eran recursos ilícitos sugiere un contubernio entre los tres poderes.

Hasta el momento no se han hecho los pagos respectivos. Es un incumplimiento directo a la constitución federal, establecida como de absoluta supremacía en México por la actual legislación. Los legisladores y autoridades tributarias guardan cómodo silencio sobre tal obligación. La intermediación del Consejo de la Judicatura Federal dificulta la defensa de tales trabajadores judiciales (es improcedente el juicio de amparo contra el CJF). Los juzgadores se plegaron a la opción constitucional a cambio de un pago hoy inexistente. Es la nueva casta social que no merece derecho de defensa..