Jueves 21 de julio de 2022, p. 32
La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México suspendió temporalmente a tres funcionarios de la alcaldía Coyoacán por clausurar de manera injustificada varios locales comerciales de Plaza Oasis, con lo que contravinieron el Reglamento de Verificación Administrativa local.
En una ficha informativa, la dependencia capitalina se limitó a señalar que los responsables son parte del personal adscrito a la Dirección General de Gobierno y Asuntos Jurídicos de la alcaldía, pero se conoció que se trata del director jurídico, José Alberto Ortiz; la subdirectora de procesos jurídicos, Minerva Carolina Vázquez Jasso, y la jefa de unidad departamental de Calificación de Infracciones a Obras y Establecimientos Mercantiles, Karina López Pantiga.
El pasado 26 de enero, los servidores públicos ejecutaron una orden de visita para realizar la verificación de los comercios establecidos en el sótano de dicha plaza en avenida Universidad, por lo que el 15 de marzo notificaron la suspensión temporal de actividades y colocaron sellos con el argumento de que el uso de suelo no coincidía con los metros de superficie señalados en el aviso de funcionamiento.
Sin embargo, en la investigación realizada por el órgano interno de control en la alcaldía se pudo verificar que el centro comercial ya cuenta con el uso de suelo respectivo autorizado para todo el inmueble, lo que implica que los establecimientos mercantiles no requieren de otro o uno específico, además de que el hecho de que la superficie no coincida con la señalada en el aviso a fin de que operen no es una justificación para suspender las actividades.
Ante eso, el órgano interno de control solicitó la aplicación de la medida cautelar consistente en la suspensión temporal del cargo que desempeñan por el incumplimiento normativo previsto en el Reglamento de Verificación Administrativa.
La aplicación de las medidas cautelares previstas en el artículo 123, fracciones I, II y III de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México derivan de la posible comisión de la falta administrativa prevista en el artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas.
Horas después, la alcaldía respondió con una nota informativa en la que justificó la clausura de tres locales, que deben operar sólo como estacionamiento y por no acreditar su legal funcionamiento
. Criticó que la información difundida por la Contraloría viola la presunción de inocencia y los derechos humanos de los funcionarios, además de considerar que la medida cautelar es excesiva respecto de la conducta sancionada al no considerarse en la ley como una falta grave.