Amparo a sobreviviente
Califica la investigación de ineficaz y omisa
Domingo 12 de agosto de 2018, p. 2
En una decisión inédita, un juez federal de distrito ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) que rencause el expediente de la masacre de Tlatlaya ante la ineficacia y las omisiones cometidas en su investigación, y sobre todo que profundice en la cadena de mando de la orden de abatir delincuentes en horas de oscuridad
, que guió a los soldados participantes en ese operativo donde habrían sido ejecutadas arbitrariamente al menos entre 12 y 15 personas.
El titular del juzgado decimocuarto de distrito de amparo en materia penal, con sede en Ciudad de México, Érik Zabalgoitia Novales, otorgó un amparo a una de las sobrevivientes de los hechos de Tla-tlaya, donde el 30 de junio de 2014 un grupo de militares privó de la vida a 22 personas, de las cuales, por lo menos entre 12 y 15 –entre ellas dos menores de edad–, según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), habrían sido asesinadas cuando ya se encontraban rendidas y desarmadas.
Entre septiembre y octubre de 2014 fueron detenidos 30 efectivos castrenses presuntamente involucrados en los hechos, pero sólo siete fueron procesados por lo ocurrido. Para 2016, todos ellos habían sido puestos en libertad por insuficiencia probatoria, pero no por ser declarados inocentes.
El juez Zabalgoitia, en un hecho sin precedente, no sólo ordenó a la PGR que reabra el caso y cumpla con todas las diligencias que no ha llevado a cabo para definir qué ocurrió, sino también que profundice en la cadena de mando para averiguar el origen de la mencionada orden de abatir delincuentes en horas de oscuridad
.
La señora Clara Gómez González, madre de Érika, joven de apenas 14 años de edad que murió en el operativo de Tlatlaya, interpuso una demanda de amparo en contra de la PGR y de la agencia del Ministerio Público encargada del caso, por considerar que su investigación deficiente de lo ocurrido violaba su derecho a conocer la verdad.
La madrugada del 30 de junio de 2014 la mujer estuvo en la bodega de la comunidad de San Pedro Limón donde ocurrieron los hechos. Había llegado para tratar de rescatar a su hija Érika, quien había sido llevada por la fuerza por un grupo de presuntos delincuentes.
De acuerdo con Clara Gómez, la falta de debida diligencia en las indagatorias provocó que no se investigaran tres puntos importantes en el caso: la ejecución extrajudicial supuestamente cometida por el Ejército, la mencionada orden de abatir
criminales en horas de oscuridad y el origen mismo de esa indicación.
Argumentos aceptados
Luego de analizar el caso, el juez Zabalgoitia emitió una sentencia con fecha del 25 de mayo de 2018 –de la cual La Jornada tiene una copia– donde consideró fundados los argumentos de la denunciante, quien cuenta con el acompañamiento legal del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez.
El juzgador comprobó que la PGR no había hecho una investigación efectiva sobre los mencionados temas, y tampoco había garantizado el derecho de la señora Gómez a coadyuvar en la investigación; es decir, de aportar los elementos que considerara importantes para llegar a la verdad.
De la misma forma, la procuraduría incumplió con su obligación de analizar todos los elementos informativos en su poder para definir si se habían cometido otros delitos distintos a los que ya se investigaban, que eran homicidio, encubrimiento de un hecho delictivo, ejercicio indebido del servicio público y abuso de autoridad.
Uno de los puntos clave consignados por el juez es la declaración de uno de los siete militares que fueron aprehendidos y posteriormente liberados por falta de pruebas.
En ella, el uniformado señala que la orden de abatir delincuentes en horas de oscuridad
forma parte de un machote de uso común en el Ejército, al cual sólo se le cambian la fecha, el destinatario y otros datos básicos.
Al enumerar las fallas de la labor de la PGR, Zabalgoitia indicó que la dependencia nunca analizó el contenido de un disco compacto enviado por la CNDH, en el que había información sobre la probable existencia de otros responsables de la masacre.
Asimismo, la procuraduría no le pidió a la CNDH que ratificara o cambiara un documento en donde existía discrepancia sobre el número de víctimas, no constató que la Policía Federal Ministerial realizara informes de investigación, ni generó una ruta de fortalecimiento del ejercicio de la acción penal
contra los soldados.
Por todo lo anterior, el juez concluyó que la PGR no ha realizado diligencia alguna encaminada a la investigación de los hechos, ni en lo relativo a la orden emitida a los elementos militares (de abatir criminales en horas de oscuridad)
.
De igual forma, “no realizó mayores investigaciones para determinar quién fue la persona que redactó la orden de ‘abatir delincuentes en horas de oscuridad’, a fin de determinar el verdadero significado de esa orden”.
Además de ordenar a la PGR que retome el caso para cumplir con todas las diligencias no realizadas y esclarezca el origen de la citada orden, el juez recuerda que no perseguir los delitos ni a sus autores coloca a la colectividad en permanente peligro, auspiciando la perpetración de ilícitos bajo el signo de la impunidad
.
Por todo lo anterior, la sentencia del juez obliga a la PGR a rencausar el expediente en un plazo máximo de 30 días hábiles –que se cumplen esta semana– y abre la posibilidad de recabar más pruebas contra siete militares que en su momento fueron detenidos y luego puestos en libertad por falta de pruebas, no por ser hallados inocentes. El cumplimiento del fallo se encuentra suspendido por los recursos de revisión que interpuso la procuraduría.