Sábado 4 de agosto de 2018, p. 5
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró infundados tres recursos promovidos por el Partido Encuentro Social (PES) en contra de la elección presidencial, de la que incluso solicitaba su nulidad, y desechó otros 285 que pretendían el recuento de votos en esos comicios. Con la determinación, se desahogó la totalidad de los juicios de inconformidad contra la misma elección y virtualmente selló el destino del partido que se encamina a perder el registro.
Durante la sesión pública se desactivaron todos los esfuerzos jurídicos del PES por sobrevivir que lo llevaron a demandar la anulación de los comicios, en los cuales resultó ganador como parte de la coalición Juntos Haremos Historia. Al desestimar la pretensión de anulación, los magistrados la consideraron infundada porque el partido solicita la nulidad de toda la elección por irregularidades que no están vinculadas necesariamente con la votación recibida en casillas
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Como parte de las causales de nulidad, Encuentro Social argumentó la ausencia de condiciones de seguridad, pero se declaró inoperante este concepto de agravio porque no describe las circunstancias de tiempo, modo y lugar respecto de los supuestos actos de violencia que acontecieron durante la jornada electoral. En razón de que sólo señala de manera genérica que queda claro que la intervención de la fuerzas armadas de Morelos y la ausencia de las instituciones federales generó temor durante la jornada electoral
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En la insólita impugnación de la elección donde su alianza ganó, también denuncia el rebase de tope de gastos de campaña, pero los circunscribe a una elección municipal, sin que nada mencione respecto de la contienda presidencial.
A partir de la lectura integral de los escritos presentados por el partido, se advierte que su pretensión final es alcanzar el 3 por ciento de la votación válida emitida en la elección presidencial para la conservación de su registro, lo cual sustenta en la pretensión de nulidad y/o nuevo escrutinio y cómputo de la votación recibida en 15 mil 324 casillas instaladas en los 300 distritos electorales, por un error en el cómputo de los votos.
Sin embargo, en otra inconsistencia de sus recursos, la impugnación se presentó ante autoridad diversa a la responsable, pues debió promoverse ante el Consejo General y no ante las 300 juntas distritales. En paralelo, demandaron que los votos obtenidos por el candidato independiente Jaime Rodríguez no fueran computados como votación válida emitida, porque van contra el sistema de partidos, objeción que fue infundada.
De acuerdo con el resultado de los cómputos, una vez descontados los votos nulos y para candidatos no registrados, el PES obtuvo 2.85 por ciento de la preferencia en la contienda presidencial, por lo que le faltaría 0.15 por ciento, esto es, recuperar 82 mil 512 votos. Dicha intención resultó infructuosa con el desechamiento masivo de sus juicios de inconformidad.
La magistrada presidenta del TEPJF, Janine Otálora, explicó que estamos resolviendo casi 300 juicios de inconformidad, la mayoría interpuestos por Encuentro Social, en los que cuestiona el cómputo distrital de la elección para la Presidencia y se impugna la validez de los cómputos distritales. La mayoría de los juicios han resultado extemporáneos, dado que cuando se controvierten los resultados de la elección el término para impugnar corre a partir del día siguiente a la conclusión de dichos cómputos. En este caso fue el 6 de julio
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Mediante una petición de un acta certificada del resultado de cada cómputo, Encuentro Social pretendió, de forma inválida, generar un nuevo plazo de vencimiento que resultó improcedente. Por ello, el TEPJF desechó, por extemporáneos, 285 juicios de inconformidad de ese partido.