Contraviene el sexto de la Carta Magna
Jueves 7 de diciembre de 2017, p. 10
Al fijar su posición en torno a la propuesta de ley de seguridad interior aprobado por la Cámara de Diputados y en vísperas de que el Senado haga lo propio, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) advirtió que el artículo nueve de la minuta contraviene el artículo sexto constitucional, porque restringe el principio de máxima publicidad, al determinar que toda información asociada a operativos vinculados a la mencionada ley serán considerados de seguridad nacional y, en consecuencia, serán reservados, cuando esta debe ser una excepción
El Inai subraya que la clasificación de la información como reservada es una excepción que sólo podrá aplicarse bajo determinadas circunstancias.
De acuerdo con el organismo, además, el dictamen de ley contraviene el principio de temporalidad para la clasificación de información, ya que el artículo de la Ley General de Transparencia prevé los momentos específicos en que podrá ser clasificada. En tanto, el artículo 108 de la misma norma, afirma que la reserva se realizará conforme a un análisis de caso por caso, mediante la aplicación de una prueba de daño y que en ningún caso se podrá clasificar documentos antes de que se generen
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En consideración del Inai –que en algunas resoluciones ha ordenado la apertura de expedientes relacionados con operaciones del Ejército en las que se violaron gravemente derechos humanos, como en Tlatlaya–, se detectaron “que el dictamen contiene conceptos imprecisos como el de ‘acciones de seguridad interior’, ‘acciones de orden interno’, entre otros.