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Jueces niegan suspensiones provisionales a compañías y despachos de cobranza

Sanciones de Profeco a empresas por acoso a deudores desatan avalancha de amparos
 
Periódico La Jornada
Lunes 26 de octubre de 2015, p. 17

Las reglas de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aplicadas desde septiembre pasado, que incluyen duras sanciones a despachos de cobranza cuando apliquen medidas de acoso para presionar a deudores de tiendas departamentales y otras empresas que otorgan crédito, provocaron una avalancha de demandas de amparo de compañías como Liverpool, Palacio de Hierro, Toyota y Telcel, así como despachos de cobranza dedicados a la recuperación de cartera vencida.

Según registros del Poder Judicial Federal consultados por La Jornada, los 16 juzgados en materia administrativa que hay en el Distrito Federal, entre el primero y el 20 de octubre de este año, han recibido al menos 65 demandas de garantías tramitadas contra la supuesta inconstitucionalidad en las reglas de la Profeco.

Sólo el 15 de octubre pasado, al menos 30 despachos de cobranza y compañías que otorgan créditos (entre ellos las empresas mencionadas, así como despachos de cobranza difíciles de ubicar, ya que sus domicilios fiscales son cambiados constantemente) promovieron amparos para impugnar las reglas que el organismo publicó el 1º de septiembre para regular este tipo de actividades.

Sólo intermediarios

Las demandas de amparo provocaron diferentes reacciones entre los 16 jueces federales en materia administrativa. Algunos las desecharon por improcedentes, otros las enviaron a juzgadores en materia civil o las admitieron a trámite, pero negaron las suspensiones provisionales solicitadas.

La mayoría de las empresas que dan algún tipo de crédito contratan despachos de cobranza para presionar a los deudores morosos, y son estos bufetes particulares los que realizan prácticas abusivas y violatorias de derechos humanos. Por ejemplo, los recuperadores de deuda hacen llamadas de madrugada o lanzan amenazas constantes de encarcelamiento o de que interpondrán demandas por fraude o embargos.

Un despacho de cobranza no es más que un intermediario entre el banco o el acreedor y el deudor, y sus empleados trabajan mediante un sistema de telemarketing, aunque también pueden hacer visitas personales y contactan al moroso por correo electrónico o convencional para solicitar el pago de la deuda.

Entre las obligaciones impugnadas en los amparos destacan las reglas que deben seguir los despachos para hacer llamadas telefónicas o visitas al domicilio del deudor. Se les fijan horarios, días y límites sobre las personas con las que pueden tratar el caso, así como prohibición de usar lenguaje obsceno o amedrentar.

También cuestionan la obligación de los comercios o bancos de tener a disposición de sus clientes de manera visible los datos de identificación de los despachos a los que encargan su cobranza, así como atender quejas de los deudores, las cuales tendrán que ser recibidas por vía electrónica, escrita o telefónica.

Será hasta que se resuelva el fondo de las peticiones de estos amparos cuando se determine si las reglas impuestas por la Profeco son inconstitucionales. Para esto pasarán al menos seis meses, tiempo promedio en que se resuelve un juicio de garantías de ese tipo.