Dejará que la Suprema Corte determine sobre la constitucionalidad de la norma, señala
Previsible, que el máximo tribunal resuelva en el mismo sentido, dice Juan José García Ochoa
Miércoles 25 de marzo de 2015, p. 37
Será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que tenga la última palabra respecto de la constitucionalidad de la Ley de Movilidad para el Distrito Federal, señaló José Ramón Amieva, titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Agregó que por lo pronto se apelará del fallo del juzgado octavo de distrito, que determinó que tres de los artículos de la norma violan la Carta Magna y los derechos a la libre expresión y de manifestación.
Sin embargo, para Juan José García Ochoa, subsecretario de Gobierno, es previsible que la SCJN resuelva en el mismo sentido que lo hizo el juzgado federal con el amparo, según información, afirmó, de la misma consejería.
Entrevistado en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, Amieva dijo que hay 63 juicios de amparo en trámite promovidos por organizaciones civiles y por particulares, de los cuales se han otorgado ocho amparos a los quejosos, que también han sido apelados.
Sin embargo, señaló que se está a la espera de que la SCJN se pronuncie en torno a la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal contra los artículos 212, 213 y 214 de la ley, relacionados al uso de vías primarias en las marchas y la obligatoriedad de avisar a las autoridades con 48 horas de antelación para llevar a cabo una movilización.
Dicha instancia, agregó, será la que dé la palabra final como máximo órgano de control de constitucionalidad del país
, señaló, e informó que el ministro ponente para este caso es Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Amieva negó que se viole el derecho a la libre manifestación, sino que busca tener mejores mecanismos para garantizar la seguridad de peatones, comerciantes, automovilistas y los mismos manifestantes.
La intención de los legisladores, agregó, con la determinación de avisar con antelación sobre la realización de una marcha, es que los operativos que acompañan a estas manifestaciones se organicen con la debida oportunidad y más eficiencia
.
En la Asamblea Legislativa, García Ochoa dijo que de declarar la SCJN la inconstitucionalidad de la ley, obligará a una discusión para ajustar la norma al principio de defensa y promoción de los derechos humanos previsto en el artículo primero de la Carta Magna, en lo que se refiere a la libre manifestación, ya que el resto de la ley se ha calificado incluso de avanzada.
Sobre la conveniencia de que los legisladores se anticipen a la Corte derogando los artículos que son materia de controversia –iniciativa del PRD que ya está en comisiones–, señaló que el efecto una vez que emita la Corte su resolución será dejar de aplicarlos.