Opinión
Ver día anteriorMartes 24 de marzo de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Apuntes sobre la Ley General de Aguas
L

a respuesta social ante lo que parecía una inminente aprobación de la Ley General de Aguas por el pleno de la Cámara de Diputados revela que se trata de uno de los temas más sensibles y que más preocupan a la sociedad mexicana. Entre estas reacciones, destacan los señalamientos realizados individual o colectivamente por científicos mexicanos y el comunicado conjunto de los rectores de las universidades Autónoma Metropolitana, Salvador Vega y León; de Guadalajara, Tonatiuh Bravo Padilla; y Nacional Autónoma de México, José Narro Robles, quienes se pronunciaron por “(…) un debate amplio, plural e incluyente en el que puedan intervenir todos los sectores del país”.

Sensible a estos señalamientos (y quizá ante la cercanía del proceso electoral), la Junta de Coordinación Política de la Cámara Baja, por medio de su presidente, el diputado Manlio Fabio Beltrones, solicitó este fin de semana a las comisiones respectivas “(…) considerar las propuestas de las distintas voces y sectores interesados en esta regulación y tomar el tiempo necesario para deliberar al respecto”, lo anterior indica que se aleja la posibilidad de una aprobación fast track y se abre un periodo de discusión amplia a escala nacional.

Hay aspectos en la propuesta de ley que son preocupantes. En primer término, se refiere en varias ocasiones a la investigación científica y desarrollo tecnológico en materia de agua, por ejemplo, como una de las facultades de la Federación y como atribución de los estados, municipios y el Distrito Federal; pero dentro de la vaguedad y falta de precisiones que caracterizan la redacción de este documento, quien aparece como el órgano rector de estas tareas es la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Ejemplo de lo anterior es el artículo 36, el cual establece que los estados y el Distrito Federal pueden asesorar, capacitar y certificar en materia de competencias laborales y prestación de servicios, y concluye: Para este propósito, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua capacitará a esos órganos de gobierno de conformidad con los principios, reglas, bases y estándares que establezca la comisión, es decir, conforme a lo que establezca la Conagua.

Pero todavía más preocupante es lo que se señala en el artículo 35: “Los prestadores de servicios y los concesionarios podrán obtener la certificación por parte de la autoridad competente, entre otras, en materia de calidad del agua, desarrollo e innovación tecnológica (…), de conformidad con las disposiciones aplicables”. En otras palabras, la certificación a los particulares que explotarán las aguas nacionales en aspectos tecnológicos y de innovación, se dará conforme a las reglas que establezca la Conagua.

Esta comisión cuenta en su estructura con un consejo técnico en el que participan seis secretarios de Estado y el único integrante con un perfil científico-técnico es el director del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA). Es claro que para un tema que es prioridad nacional hay ausencias más que notables, como la del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, que es realmente la cabeza del sector; así como de organismos asesores como el Foro Consultivo Científico y Tecnológico, la Academia Mexicana de Ciencias, el Consejo Consultivo de Ciencias de la presidencia o la Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad. No es aventurado proponer que el ordenamiento legal que se discute, se encuentra en contradicción con la Ley de Ciencia y Tecnología.

Finalmente, me resulta inevitable decir que la lectura del documento produce una sensación que invade todo el cuerpo… es muy parecida al dolor. En la propuesta de ley, los redactores se refieren al agua como si se tratara de un elemento inerte. Pareciera que las aguas nacionales están desprovistas de vida. Dentro de la escritura ambigua y confusa, se afirma que las aguas nacionales que son propiedad de la nación incluyen lagos, lagunas, esteros, ríos, manantiales, aguas subterráneas, playas, zonas marítimas, etcétera, y luego que podrán ser aprovechadas por concesionarios, es decir, por particulares. Nunca se menciona que la biodiversidad que caracteriza a México, la enorme variedad de especies de organismos, animales y plantas, se encuentra precisamente en las aguas de nuestro país.

La mención a los ecosistemas en uno o dos artículos de la propuesta de ley muestra que son usados como palabras sin contenido alguno. ¿Cuál será la suerte de estos universos de vida? ¿Qué harán los concesionarios con ellos? ¿Cómo la ciencia mexicana podrá estudiarlos y preservarlos? En suma: ¿Qué haremos para protegerlos?