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Ver día anteriorViernes 8 de marzo de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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¿Más Estado es más seguridad?: en defensa de la autonomía indígena
E

n las semanas recientes el debate en torno a los grupos de autodefensa que se han formado en distintas regiones del país ha ocupado los espacios de la prensa nacional. La proliferación de grupos de ciudadanos que se organizan para defenderse ha puesto una vez más en evidencia el fracaso del modelo de seguridad y de justicia del Estado mexicano, un modelo marcado por la corrupción y la participación directa de las fuerzas de seguridad en las esferas del crimen organizado que dicen combatir. Este debate, sin embargo, se ha caracterizado por la falta de matices en torno a las experiencias de organización comunitaria, sin diferenciar los procesos institucionalizados de justicia indígena, de larga data, de aquellas experiencias en las que los ciudadanos de manera espontánea deciden armarse para enfrentar la inseguridad.

Es preocupante la forma en que estas representaciones de la justicia indígena como incivilizada y al margen del Estado puedan ser utilizadas para restringir los espacios de autonomía que se han logrado a partir de las luchas de los pueblos indígenas. El manejo mediático de esta problemática plantea la siguiente interrogante: ¿quién se beneficia de la fusión de ambos debates y de la homologación de toda expresión local de apropiación de mecanismos de seguridad y de justicia bajo la categoría de autodefensas?

De manera recurrente se apela a la ilegalidad de todos los mecanismos de seguridad que se construyen fuera del Estado, abarcando con esto a la diversidad de experiencias de los pueblos indígenas. Hay que recordar que estos últimos ejercen tareas de seguridad y justicia desde una visión integral vinculada a la defensa de su territorio y se encuentran amparados en la legislación nacional e internacional que les reconoce derechos colectivos para el ejercicio de la libre determinación, respetando el marco constitucional. La autonomía purépecha en Cherán, las regiones autónomas zapatistas en Chiapas, la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias en Guerrero (CRAC), entre otras, fundamentan su derecho a organizarse e impartir justicia en el artículo 2 constitucional y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), signado por México desde 1991, y actualmente garantizado a partir de las reformas del artículo 1 constitucional en materia de derechos humanos (junio de 2011).

Estos reconocimientos, si bien limitados para garantizar la autonomía y la autodeterminación de los pueblos indígenas, han sido el resultado de décadas de luchas y sería muy grave que se dé un retroceso en nombre de la seguridad del Estado. Las experiencias de justicia comunitaria indígena vigentes han mostrado ser más efectivas en sus formas de resolución de conflictos, y sus aportes a los nuevos mecanismos de justicia oral han sido ampliamente reconocidos. Las autoridades y policías comunitarias están expuestas a una permanente vigilancia colectiva que exige transparencia y rendición de cuentas. Paralelamente, las medidas de armonización colectiva y búsqueda de acuerdo, que evitan las sentencias carcelarias por medio de procesos de reducación, han permitido la reintegración social de quienes delinquen, de una manera más efectiva que el amplio y oneroso aparato penitenciario del Estado.

En lugar de aproximarse a la diversidad de procesos de protección o de seguridad comunitarias, es preocupante ver que los debates públicos tienden a relacionar experiencias autonómicas de los pueblos con autodefensas, y éstas con procesos cercanos al paramilitarismo. Ello refuerza una tendencia antiautonomía de los pueblos y presenta al Estado como la única solución ante la falta de seguridad. Se parte de la premisa de que más Estado es más seguridad, sin reconocer que en muchas regiones los grupos de poder locales que participan en las instituciones estatales se benefician política y económicamente de la inseguridad. Esto ha sido denunciado de distintas maneras por los pueblos indígenas organizados, de ahí su desconfianza ante las fuerzas de seguridad y su rechazo a ser institucionalizados como un cuerpo más del aparato estatal. Más que limitar las autonomías de los pueblos indígenas en nombre del estado de derecho, hay que recordar que las raíces del problema de violencia social que enfrentamos residen en parte en que las instituciones del Estado no sólo no garantizan condiciones de seguridad para la población local, sino son partícipes activos en la violencia actual.

* Este artículo se preparó en colaboración con Mariana Mora y Rachel Sieder, todas integrantes del equipo de antropología jurídica de CIESAS-DF.