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Rechaza que se obligue al Estado a reparar daños aunque no sea culpable

Insostenible, el impacto presupuestal de la norma, argumenta el Ejecutivo
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de julio de 2012, p. 16

El presidente del Senado y de la Comisión Permanente, el panista José González Morfín –mandatado por el pleno de esta comisión–, envió el pasado 29 de junio un escrito al secretario de Gobernación, Alejandro Poiré, en el que le solicita la publicación del decreto que expide la Ley General de Víctimas en el Diario Oficial de la Federación.

En respuesta, el domingo 1º de julio, a las 20:26 horas, el Ejecutivo envío sus observaciones –que es la facultad de veto– a dicho ordenamiento, en las que resalta que el Congreso carece de facultades para emitir una Ley General de Víctimas.

En el escrito de 40 páginas señala: la finalidad de ese ordenamiento es muy loable y altamente deseable. Sin embargo, el costo de este mecanismo es incuantificable e insostenible.

El presidente Felipe Calderón, quien rubrica las observaciones, subraya que es muy cuestionable la subsidiariedad que plantea la ley, toda vez que sus disposiciones no son sensibles a las diferencias entre los casos en que existe responsabilidad del Estado y en los que dicha responsabilidad corresponde únicamente a delincuentes.

En su amplia exposición, en la que detalla que en el ejercicio de la facultad de veto que por este medio se lleva a cabo, tal como ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el titular del Poder Ejecutivo puede realizar libremente sus observaciones a cualquier proyecto de ley o decreto, en virtud de que la interpretación efectuada en el escrito que las contiene no puede reputarse jurídica sino políticamente, ya que no se sustentan necesariamente en motivos de derecho, sino de oportunidad, referidos a intereses económicos, sociales y políticos, es decir, bajo argumentos y razones políticas y no sujetas a un método jurídico, pues sólo así el derecho de veto representa un mecanismo de control de poderes.

El Ejecutivo sostiene que hay violación a los principios del derecho penal democrático, se violentan los de legalidad y retroactividad y se excluye al jefe de Gobierno del Distrito Federal del Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

En el documento remitido al Senado Calderón insiste en que hay inconsistencias respecto a la reparación a víctimas y cuestiona la inexistente correlación entre la reparación a las víctimas consignada en este ordenamiento y las leyes vigentes. Además –abunda–, hay inconsistencias en el esquema de protección y reparación de daños y establece que el Congreso fue omiso en valorar el impacto presupuestal de la ley, que es insostenible.

Precisa que las observaciones que se formulan tienen como objetivo fundamental establecer un respetuoso y constructivo diálogo entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, con la intención de contribuir, en el ámbito de la competencia de cada uno de ellos, al fortalecimiento de las instituciones y al aseguramiento de su apego a las normas constitucionales y legales aplicables, así como la congruencia del proyecto de decreto con la aplicación de políticas públicas encaminadas a la real y efectiva protección de las víctimas.

Jerarquía inferior

El Ejecutivo subraya que la Ley General de Víctimas no es tal, debido a que el Congreso de la Unión no está habilitado por la Constitución para incidir en los órdenes jurídicos federal, locales, municipales y del Distrito Federal; en todo caso, deberá afirmarse que tiene la naturaleza jurídica de una ley federal y, por tanto, una jerarquía inferior a las leyes generales.

Acusa el Ejecutivo que hay inconsistencias respecto del esquema de protección y reparación a víctimas. Es muy cuestionable la subsidiaridad que plantea la ley. En principio, en el ámbito internacional el Estado está obligado a reparar únicamente en los casos en que resultan responsables sus representantes. En el proyecto de decreto que se observa no se plantea un análisis del componente de responsabilidad del Estado como condición de la reparación, sino que se le impone la obligación de reparar inclusive en los casos en que no es responsable.