Sábado 9 de junio de 2012, p. 14
La promulgación de la nueva Ley de Testigos Protegidos y su consecuente entrada en vigor, pondrá fin a aquellos casos en que delincuentes se cobijan en el procedimiento para acusar sin pruebas a otros indiciados y abstraerse de la justicia, adujo el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Humberto Benítez Treviño. Dicha legislación, repuso, podría ser recurrida en un tema coyuntural, como el de la acusación por delincuencia organizada contra altos mandos del Ejército, donde el elemento principal de prueba ha sido la confesión de un criminal. Así, la parte acusada podrá hacer de su beneficio la reforma para exigir que el expediente se sostenga de mayores elementos probatorios: Hay un principio jurídico, que dice que a ninguna ley se le puede dar efecto retroactivo en perjuicio, pero sí en beneficio de la persona. En el procedimiento por el cual están siendo indagados varios generales del Ejército, tendrá que aplicarse la Ley General para la Protección de Personas que Intervienen en un Procedimiento Penal.