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México D.F. Martes 18 de mayo de 2004

 
Comentarios de Alvarez Ledesma para Julio Hernández

Señora directora: Niego rotundamente lo aseverado por el señor Julio Hernández López el pasado día 13, en el sentido de que como primer visitador general de la CNDH "(...) me haya tocado ponerme de acuerdo con el entonces gobernador de Durango, Maximiliano Silerio Esparza, para impedir que se hiciera justicia en el caso de Yéssica Yadira Díaz Cázares..." Al respecto, señalo, con argumentos legales y pruebas objetivas, como la recomendación 75/97 de la CNDH, que por cierto tiene el carácter de documental pública, lo siguiente:

1. El artículo 3 de la Ley de la CNDH establece que ese organismo conocerá de quejas "...cuando éstas fueren imputadas a autoridades y servidores públicos de carácter federal..." e igualmente corresponderá a dicha comisión conocer "...de las inconformidades que se presenten en relación con las recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos equivalentes en las entidades federativas, a que se refiere el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos". En tal virtud, era preciso que, dado que fueron autoridades locales de Durango las responsables de violaciones a derechos humanos en perjuicio de la agraviada, fuera la comisión estatal la que conociera en primera instancia de los hechos referidos.

Así, habiendo acontecido la violación de Yéssica Yadira el 16 de marzo de 1997, y su lamentable deceso el 16 de junio del mismo año, la Comisión de Derechos Humanos de Durango emitió el 16 de julio de 1997 -prácticamente un mes después- la recomendación 21/97, dirigida al procurador del estado, por lo que no es dable que el periodista de referencia afirme que: "Luego de recorrer junto con su madre un auténtico vía crucis entre la burlona y cómplice maquinaria judicial duranguense, y la actitud indiferente de la oficina de la ombudsman nacional... Yéssica Yadira decidió suicidarse".

Mediante oficio 24269 de fecha 30 de julio de 1997, la CNDH determinó en principio concluir el expediente del caso porque la queja se encaminó contra autoridades de Durango, respecto de las cuales ya existía una recomendación que debía cumplirse. Asimismo, se orientó a la madre de la joven fallecida para que interpusiera el recurso de impugnación correspondiente, lo que efectivamente ocurrió. Fue en vía de recurso de impugnación contra la recomendación 21/97 emitida por la comisión estatal, que la CNDH intervino de pleno derecho en este asunto.

2. Luego de una investigación acuciosa, la CNDH emitió la recomendación 75/97 dirigida al gobernador de Durango, misma que comprendió varios puntos, entre los que destacan: destitución del procurador general de justicia del estado; inicio de una averiguación previa en contra del subprocurador general, del supervisor general, del director general de Averiguaciones Previas, del director general de la Policía Judicial, de la jefa del Departamento de Averiguaciones Previas, de tres agentes del Ministerio Público y de diversos agentes de la Policía Judicial estatal. Asimismo, el inicio de los respectivos procedimientos adminis- trativos y sus correspondientes sanciones disciplinarias. Igualmente, la CNDH solicitó se decretara el arraigo en contra de los probables responsables de los delitos cometidos en contra de la agraviada para impedir que se evadieran de la acción de la justicia; se ordenara el pago de una indemnización a los deudos de la fallecida; se diese cumplimiento a las órdenes de aprehensión libradas; se promoviera una amplia y exhaustiva capacitación a los servidores públicos de la procuraduría estatal y se diera trámite a una propuesta de iniciativa de ley que la CNDH envió al gobernador del estado para la creación de un Centro de Atención Integral a las Víctimas del Delito.

3. En lo relativo a la afirmación del periodista de marras respecto de que la recomendación antedicha fue publicada como inserción pagada, en mi carácter de primer visitador general de la CNDH todas las cuestiones relativas a comunicación social resultaban ajenas al marco competencial de mis funciones.

Dr. Mario I. Alvarez Ledesma, subprocurador de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad


Responde el columnista

Señora directora: El subprocurador Mario Alvarez Ledesma usa demasiadas palabras para evadir lo esencial: él, como visitador, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dejaron abandonadas entre laberintos legaloides (como los del escrito de hoy) a Yéssica Yadira Díaz Cázares y a su madre, enviándolas con sus propios verdugos locales a que les hicieran justicia.

Más delante, habiendo dado por "concluido" el caso de la joven duranguense violada, que ante el rollo jurídico encubridor (como el de hoy) se suicidó, el entonces visitador Alvarez Ledesma, y su jefa, Mireille Roccatti, retomaron el caso rechazado porque la esposa del entonces presidente Ernesto Zedillo se interesó en él. De las andanzas de Alvarez Ledesma y del gobierno de Maximiliano Silerio escribió con valentía y abundancia el reportero Triunfo Elizalde.

Tal vez en algún próximo Astillero haya espacio para dar más datos del paso por Durango del hoy subprocurador que mintió en el caso de Yéssica Yadira y también en el de los videos de Ahumada que juraba no habían venido con el viajero protegido.

Julio Hernández López


Aclaración del INEGI

Señora directora: Hago referencia a la nota titulada "INEGI: 'alrededor' de 3% de crecimiento en el primer trimestre", firmada por Antonio Castellanos y Juan Antonio Zúñiga, publicada ayer, en la cual cita información económica de coyuntura aún no difundida, sin precisar la fuente y dando por hecho que el INEGI la daría a conocerla ayer; por lo cual me permito realizar las siguientes precisiones:

Con el interés de contribuir a la seriedad informativa del diario, comento que el INEGI tiene un compromiso de transparencia y apertura de la información que genera y emite. En este contexto desarrolla sus actividades de información estadística y geográfica al servicio del crecimiento del país.

El INEGI difunde información económica con base en un calendario de información de coyuntura, que se emite en forma anual y trimestral, y que en este año cumple una década de haberse implementado. Cabe señalar que los temas incluidos en dicho calendario, entre los cuales se encuentra el producto interno bruto en precios constantes y corrientes, son difundidos por política del INEGI, estrictamente el día y mes señalados a partir de las 14:30 horas.

Por lo citado anteriormente, le comento que las cifras sobre el tema en cuestión fueron dadas a conocer este 17 de mayo a las 14:30 horas, y que el dato citado no es responsabilidad del instituto, como se señala en el encabezado de la nota en referencia.

Agradecería que tomara en cuenta esta precisión y le reitero el compromiso del INEGI para proporcionar información estadística y geográfica con transparencia y rigor metodológico, sin distinción ni beneficio para nadie, con el propósito de sumarse al esfuerzo de construir un México mejor.

Dr. Francisco Escobar Vega, director general adjunto


De los reporteros

Señora directora: Como puede observarse en el cuerpo de la nota a la que hace referencia el doctor Francisco Escobar, director general adjunto del INEGI, este organismo confirmó plenamente su contenido.

Creemos pertinente recordar al funcionario que el trabajo periodístico radica en obtener información oportuna, veraz y fundamentada como ocurrió con la nota de marras. Nos congratulamos, por el bien del país, de que los resultados del PIB al primer trimestre del año hayan superado las más optimistas proyecciones, como ya nos lo habían hecho saber las fuentes gubernamentales consultadas.

Antonio Castellanos y Juan Antonio Zúñiga


INVITACION

A reunión sobre Cuba

Convocamos a una reunión para solidarizarnos con el pueblo cubano. Peña del Son, hoy a las 18 horas. Calle Amanecer Ranchero esq. Gallo Colorado, colonia Benito Juárez, Ciudad Neza. Javier Campos el Cienfuegos, Títeres Pohpaki, Grupos culturales independientes de Ciudad Neza, 5974 8323.

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