México D.F. Martes 18 de mayo de 2004
Comentarios de Alvarez Ledesma para Julio Hernández
Señora directora: Niego rotundamente lo
aseverado por el señor Julio Hernández López el pasado
día 13, en el sentido de que como primer visitador general de la
CNDH "(...) me haya tocado ponerme de acuerdo con el entonces gobernador
de Durango, Maximiliano Silerio Esparza, para impedir que se hiciera justicia
en el caso de Yéssica Yadira Díaz Cázares..." Al respecto,
señalo, con argumentos legales y pruebas objetivas, como la recomendación
75/97 de la CNDH, que por cierto tiene el carácter de documental
pública, lo siguiente:
1. El artículo 3 de la Ley de la CNDH establece
que ese organismo conocerá de quejas "...cuando éstas fueren
imputadas a autoridades y servidores públicos de carácter
federal..." e igualmente corresponderá a dicha comisión conocer
"...de las inconformidades que se presenten en relación con las
recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos equivalentes en
las entidades federativas, a que se refiere el artículo 102, apartado
B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".
En tal virtud, era preciso que, dado que fueron autoridades locales de
Durango las responsables de violaciones a derechos humanos en perjuicio
de la agraviada, fuera la comisión estatal la que conociera en primera
instancia de los hechos referidos.
Así, habiendo acontecido la violación de
Yéssica Yadira el 16 de marzo de 1997, y su lamentable deceso el
16 de junio del mismo año, la Comisión de Derechos Humanos
de Durango emitió el 16 de julio de 1997 -prácticamente un
mes después- la recomendación 21/97, dirigida al procurador
del estado, por lo que no es dable que el periodista de referencia afirme
que: "Luego de recorrer junto con su madre un auténtico vía
crucis entre la burlona y cómplice maquinaria judicial duranguense,
y la actitud indiferente de la oficina de la ombudsman nacional...
Yéssica Yadira decidió suicidarse".
Mediante oficio 24269 de fecha 30 de julio de 1997, la
CNDH determinó en principio concluir el expediente del caso porque
la queja se encaminó contra autoridades de Durango, respecto de
las cuales ya existía una recomendación que debía
cumplirse. Asimismo, se orientó a la madre de la joven fallecida
para que interpusiera el recurso de impugnación correspondiente,
lo que efectivamente ocurrió. Fue en vía de recurso de impugnación
contra la recomendación 21/97 emitida por la comisión estatal,
que la CNDH intervino de pleno derecho en este asunto.
2. Luego de una investigación acuciosa, la CNDH
emitió la recomendación 75/97 dirigida al gobernador de Durango,
misma que comprendió varios puntos, entre los que destacan: destitución
del procurador general de justicia del estado; inicio de una averiguación
previa en contra del subprocurador general, del supervisor general, del
director general de Averiguaciones Previas, del director general de la
Policía Judicial, de la jefa del Departamento de Averiguaciones
Previas, de tres agentes del Ministerio Público y de diversos agentes
de la Policía Judicial estatal. Asimismo, el inicio de los respectivos
procedimientos adminis- trativos y sus correspondientes sanciones disciplinarias.
Igualmente, la CNDH solicitó se decretara el arraigo en contra de
los probables responsables de los delitos cometidos en contra de la agraviada
para impedir que se evadieran de la acción de la justicia; se ordenara
el pago de una indemnización a los deudos de la fallecida; se diese
cumplimiento a las órdenes de aprehensión libradas; se promoviera
una amplia y exhaustiva capacitación a los servidores públicos
de la procuraduría estatal y se diera trámite a una propuesta
de iniciativa de ley que la CNDH envió al gobernador del estado
para la creación de un Centro de Atención Integral a las
Víctimas del Delito.
3. En lo relativo a la afirmación del periodista
de marras respecto de que la recomendación antedicha fue publicada
como inserción pagada, en mi carácter de primer visitador
general de la CNDH todas las cuestiones relativas a comunicación
social resultaban ajenas al marco competencial de mis funciones.
Dr. Mario I. Alvarez Ledesma, subprocurador de Derechos
Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad
Responde el columnista
Señora directora: El subprocurador Mario
Alvarez Ledesma usa demasiadas palabras para evadir lo esencial: él,
como visitador, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dejaron
abandonadas entre laberintos legaloides (como los del escrito de hoy) a
Yéssica Yadira Díaz Cázares y a su madre, enviándolas
con sus propios verdugos locales a que les hicieran justicia.
Más delante, habiendo dado por "concluido" el caso
de la joven duranguense violada, que ante el rollo jurídico encubridor
(como el de hoy) se suicidó, el entonces visitador Alvarez Ledesma,
y su jefa, Mireille Roccatti, retomaron el caso rechazado porque la esposa
del entonces presidente Ernesto Zedillo se interesó en él.
De las andanzas de Alvarez Ledesma y del gobierno de Maximiliano Silerio
escribió con valentía y abundancia el reportero Triunfo Elizalde.
Tal vez en algún próximo Astillero haya
espacio para dar más datos del paso por Durango del hoy subprocurador
que mintió en el caso de Yéssica Yadira y también
en el de los videos de Ahumada que juraba no habían venido con el
viajero protegido.
Julio Hernández López
Aclaración del INEGI
Señora directora: Hago referencia a la nota
titulada "INEGI: 'alrededor' de 3% de crecimiento en el primer trimestre",
firmada por Antonio Castellanos y Juan Antonio Zúñiga, publicada
ayer, en la cual cita información económica de coyuntura
aún no difundida, sin precisar la fuente y dando por hecho que el
INEGI la daría a conocerla ayer; por lo cual me permito realizar
las siguientes precisiones:
Con el interés de contribuir a la seriedad informativa
del diario, comento que el INEGI tiene un compromiso de transparencia y
apertura de la información que genera y emite. En este contexto
desarrolla sus actividades de información estadística y geográfica
al servicio del crecimiento del país.
El INEGI difunde información económica con
base en un calendario de información de coyuntura, que se emite
en forma anual y trimestral, y que en este año cumple una década
de haberse implementado. Cabe señalar que los temas incluidos en
dicho calendario, entre los cuales se encuentra el producto interno bruto
en precios constantes y corrientes, son difundidos por política
del INEGI, estrictamente el día y mes señalados a partir
de las 14:30 horas.
Por lo citado anteriormente, le comento que las cifras
sobre el tema en cuestión fueron dadas a conocer este 17 de mayo
a las 14:30 horas, y que el dato citado no es responsabilidad del instituto,
como se señala en el encabezado de la nota en referencia.
Agradecería que tomara en cuenta esta precisión
y le reitero el compromiso del INEGI para proporcionar información
estadística y geográfica con transparencia y rigor metodológico,
sin distinción ni beneficio para nadie, con el propósito
de sumarse al esfuerzo de construir un México mejor.
Dr. Francisco Escobar Vega, director general adjunto
De los reporteros
Señora directora: Como puede observarse
en el cuerpo de la nota a la que hace referencia el doctor Francisco Escobar,
director general adjunto del INEGI, este organismo confirmó plenamente
su contenido.
Creemos pertinente recordar al funcionario que el trabajo
periodístico radica en obtener información oportuna, veraz
y fundamentada como ocurrió con la nota de marras. Nos congratulamos,
por el bien del país, de que los resultados del PIB al primer trimestre
del año hayan superado las más optimistas proyecciones, como
ya nos lo habían hecho saber las fuentes gubernamentales consultadas.
Antonio Castellanos y Juan Antonio Zúñiga
INVITACION
A reunión sobre Cuba
Convocamos a una reunión para solidarizarnos con
el pueblo cubano. Peña del Son, hoy a las 18 horas. Calle Amanecer
Ranchero esq. Gallo Colorado, colonia Benito Juárez, Ciudad Neza.
Javier Campos el Cienfuegos, Títeres Pohpaki, Grupos culturales
independientes de Ciudad Neza, 5974 8323.
El
Correo Ilustrado
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