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México D.F. Jueves 8 de enero de 2004
La procuraduría capitalina, en posibilidad de aprehenderlo por homicidio culposo
Anulan amparo al dueño de la discoteca Lobohombo
ALFREDO MENDEZ ORTIZ
Una juez federal dejó sin efecto un amparo solicitado por Alejandro Iglesias Rebollo, dueño de la desaparecida discoteca Lobohombo, donde 22 personas murieron durante un incendio ocurrido el 20 de octubre de 2000, por lo que el ahora prófugo puede ser detenido en cualquier momento por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), para que sea procesado por el delito de homicidio culposo.
María Elena Leguizano Ferrer, juez sexta de distrito A de amparo en materia penal, determinó en su sentencia final, correspondiente al juicio de amparo 1689/2003, que el recurso no procedía, por carecer de materia jurídica, debido a que el demandante no logró comprobar que hubiera irregularidades en la integración de la orden de aprehensión que enfrenta.
Fuentes del Poder Judicial precisaron que la impartidora de justicia sobreseyó dicho amparo luego de recibir los informes de 66 jueces de lo penal, y posteriormente conocer que uno de ellos -los informantes se reservaron el número de juzgado- emitió una orden de aprehensión contra el quejoso, "fundamentada y apegada a lo establecido en el Código Penal del Distrito Federal", por lo que no se comprobó que hubiera violaciones jurídicas en perjuicio de Iglesias Rebollo. Al quejoso le queda la posibilidad de apelar de la sentencia judicial y recurrir a la revisión ante un tribunal colegiado, lo cual hasta el momento no ha ocurrido.
Como se recordará, el incendio ocurrido en la discoteca Lobohombo, según determinaron los peritajes de la PGJDF, fue ocasionado por un sobrecalentamiento en la instalación eléctrica, y el fuego se propagó rápidamente debido al material altamente inflamable que se utilizó en la fachada del lugar. Las irregularidades en el cumplimiento de las normas de Protección Civil, así como la negligencia con la que actuó el personal de seguridad de la discoteca el día de los hechos, derivaron en la tragedia, de acuerdo con las investigaciones del Ministerio Público. Por ese motivo, la PGJDF consignó en 2002 una averiguación previa en contra de Iglesias Rebollo, en la cual lo acusó de los delitos de homicidio doloso y lenocinio.
Sin embargo, en ese mismo año, la juez que ahora le negó un amparo le concedió la protección de la justicia federal y ordenó al Ministerio Público la reposición del procedimiento; es decir, que reintegrara la averiguación previa al indiciado. Además, la juzgadora determinó que Iglesias Rebollo no era presunto responsable de homicidio doloso, sino culposo. Ese amparo quedó sin efecto en 2003, luego de que un juez de lo penal del Distrito Federal emitió una nueva orden de aprehensión contra Iglesias Rebollo, esta vez por el delito de homicidio culposo; no obstante, los abogados del indiciado solicitaron un nuevo amparo (el 1689/2003), mismo que fue sobreseído en días pasados.
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