México D.F. Jueves 8 de enero de 2004
Cualquier persona podría ampararse contra las revisiones, señala Arturo Zaldívar
Vejatorias, las medidas de seguridad aplicadas: juristas
ALFREDO MENDEZ ORTIZ
Las revisiones exhaustivas que la Policía Federal Preventiva (PFP) realiza en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México para prevenir posibles ataques terroristas contra Estados Unidos con aviones procedentes de México posibilitan que el gobierno mexicano incurra en violaciones constitucionales en perjuicio de pasajeros y trabajadores de la terminal aérea, además de que se están aplicando medidas "absurdas y vejatorias", coincidieron en señalar especialistas en derecho constitucional.
Arturo Zaldívar, doctor en derecho, indicó que aunque existen indicios de que las autoridades estadunidenses estarían violando la soberanía de nuestro país, antes se debe comprobar -por la vía legal- que los agentes del vecino país que se encuentran en la terminal aérea no sólo intercambian información sino que supervisan las labores de la policía mexicana e intervienen de manera directa en las revisiones.
Precisó que si el objetivo de los operativos es detectar en flagrancia a personas que pretendan realizar ataques terroristas, entonces las revisiones son válidas, siempre y cuando sean respetadas las garantías individuales de los pasajeros.
Sin embargo, añadió que la manera en que se están efectuando las revisiones -obligando a las personas a quitarse los zapatos, e inclusive morder los alimentos que llevan consigo- representa una vejación para los usuarios del servicio aéreo.
"Es un hecho que los mexicanos no somos terroristas ni mucho menos terroristas suicidas", puntualizó.
Asimismo, indicó que cualquier persona podría ampararse contra las revisiones, con el objetivo de evitar ser vejado al momento pasar por los filtros del aeropuerto. No obstante, precisó que aunque el recurso jurídico tendría que ser aceptado por las autoridades mexicanas, al momento de arribar a otro país perdería validez, y posiblemente se le impediría -a la persona amparada- bajar del avión en territorio extranjero.
Por su parte, Clemente Valdés, doctor en derecho constitucional enfatizó que de acuerdo con el artículo 16 constitucional (el cual establece que nadie puede ser molestado en su persona, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento), es claro que "cualquier revisión de un pasajero en el aeropuerto o en cualquier lugar del país es contrario a lo que dice la Constitución".
Es urgente, agregó, que las autoridades mexicanas, para evitar mayores especulaciones, aclaren "en qué consiste la participación de los agentes estadunidenses, así como el alcance que tiene su presencia en México".
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