Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Viernes 24 de mayo de 2002
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  La Jornada de Oriente
  Correo Electrónico
  Busquedas
  >

Política
Horacio Labastida

Constitución ¿obsoleta?

Cuando un pueblo advierte que sus grandes problemas tienen tal magnitud que trascienden los límites de las normas fundamentales vigentes, se plantea en su conciencia la necesidad de cambiarlas o reformarlas, a fin de purgar obstáculos y generar el deseado bienestar, tal como ha sucedido en nuestro país desde la insurgencia de 1810 y el esfuerzo por dar forma política a la nación, a cargo del Congreso de Anáhuac (1813-1815). El problema era la independencia de la corona española por la vía de una república democrática y justa, y así fue resuelto en el Decreto Constitucional de Apatzingán (1814), documento que buscó prevenir el presidencialismo autoritario acrecentando las facultades del Congreso y atribuyendo al Ejecutivo tres titulares que alternaríanse cada cuatro meses. La experiencia absolutista de virreyes y oidores coloniales da la razón a los diputados que acotaron las tentaciones absolutistas del presidente.

El fracaso de Iturbide indujo en el nuevo Congreso de 1823 una apercepción de las críticas circunstancias: la cuestión principal era mantener la unidad de la república ante el inminente peligro de dispersión con que la amenazaban caciques regionales y locales. El pluralismo centroamericano no debía florecer en México y se evitó al aprobarse la primera república federal en la asamblea de San Pedro y San Pablo (1824). El optimismo federalista fue estimulante en el cuatrienio de Guadalupe Victoria (1824-28), aunque no evitó las contradicciones que estallarían años adelante. La generación ilustrada de Gómez Farías y Mora resultó defenestrada por el fundador del presidencialismo autoritario: López de Santa Anna y su bandera de fueros y privilegios. Santa Anna declaró obsoleta la Constitución de 1824, porque necesitaba amacizar una dictadura disfrazada de democracia que hiciera retroceder la historia hacia una nueva nobleza monárquica paralizadora del devenir social. El federalismo fue sustituido por el centralismo de 1836 y 1843, y el federalismo de 1824 que recobró Mariano Otero en el acta constitutiva y de reformas (1847) no dio los frutos esperados por la brutal agresión estadunidense que activó el presidente estadunidense James K. Polk (1845-49). En ese drama la felonía santanista hizo posible la pérdida de más de la mitad del territorio a favor del imperialismo expansionista del Tío Sam.

La traición de Santa Anna no impidió su tiranía de 1853, propiciada por el conservadurismo de Lucas Alamán y el militarismo de José María Tornel y Mendívil. Sin embargo, el tirano, que se hizo llamar alteza serenísima y colmó a las gentes de tributos, concluyó expulsado por los revolucionarios de Ayutla (1855), antes de la reunión constituyente que pretendió despejar las dificultades del país con el código de 1857, es decir, recobrar por tercera ocasión el federalismo y arreglar la antinomia entre la mano muerta del clero y la movilización de la riqueza. El desenvolvimiento industrial imaginado por los juaristas se vio pulverizado durante la Guerra de Tres Años y la invasión francesa de 1862. Juárez fue relecto cinco años después, murió en 1872; Sebastián Lerdo de Tejada no supo legitimarse democráticamente y Porfirio Díaz asumiría (1876) una presidencia abierta a las inversiones del supercapitalismo, sobre todo a partir del ascenso de José I. Limantour (1893) al ministerio de Hacienda. Las subsidiarias tomaron para sí los grandes negocios, transfirieron a sus matrices altos porcentajes de las utilidades, y poco a poco el poder político se vio determinado por el poder económico extranjero, cambio que originó extendidas pobrezas en las clases medias y trabajadoras. Quedó evidenciado que el capitalismo trasnacional actúa maximizando ganancias y minimizando costos, o sea, optimizando a la vez su riqueza y agudizando las pobrezas generales.

La revolución de 1910 fue negación de ese grave desequilibrio y la Constitución de 1917, en su artículo 27, orientó al Estado hacia la recuperación de recursos en patrimonios ajenos, al uso de éstos en el desarrollo nacional y al asentamiento de una economía de justa distribución del ingreso por la armonización de la propiedad nacional, social y empresarial. En otras palabras, la Constitución de 1917 es vigente y reconocida en la medida en que se identifica con la voluntad de las familias, al postular que el poder político debe atender las demandas del pueblo y proteger sus derechos de autodeterminación con una política internacional que active la prosperidad común sin el arbitrario señorío de imperios hegemónicos.

Garantizar un mejoramiento interno justo y aceptar una globalización fundada en el ejercicio libre de la soberanía de los pueblos, principios esenciales de la Constitución vigente, ¿la hacen acreedora de la calificación de obsoleta que le atribuye el presidente Fox? ¿Es acaso obsolescencia aspirar a la bonanza justa de las naciones y del mundo entero?

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año