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Ť Niega incumplimiento de la Ley de Protección al Ahorro; "hay problema de interpretación"
Liquidar activos de la banca intervenida, meta del IPAB este año, afirma Barrera Rivera
Ť El procurador Reyes Orona asegura que el plazo para vender instituciones venció el pasado 19
NOTIMEX
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) tiene como uno de sus objetivos concluir en este año la liquidación de la mayor parte de los activos de la banca intervenida, pese a que tienen como plazo para ello hasta 2004, dijo su vocero, Roberto Barrera Rivera.
Sin embargo, el aún procurador fiscal de la Federación, Gabriel Reyes Orona, sostuvo que el IPAB ha incumplido con la venta de la banca intervenida, ya que de acuerdo con el artículo decimotercero de la Ley para la Protección al Ahorro Bancario (LPAB), el plazo concluyó este 19 de enero del 2002.
Reyes Orona, quien oficialmente será sustituido del cargo por Juan Carlos Tamayo Pino este 23 de enero, señaló que la liquidación de los bancos intervenidos por la CNBV a causa de la crisis bancaria de 1995 debía terminar en un periodo de tres años a partir de la entrada en vigor de la LPAB, el 20 de enero de 1999.
Los bancos intervenidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) fueron Cremi, Unión, Oriente, Interestatal, Industrial, Sureste, Pronorte, Anáhuac, Capital y Obrero, debido a que no cumplían adecuadamente con las funciones de banca y crédito para las cuales habían sido autorizados.
Cabe recordar que la CNBV entregó hasta el pasado octubre de 2001 siete de los 10 bancos intervenidos, por lo que hasta esa fecha el instituto pudo iniciar con la liquidación de los bancos, y espera que en enero o más tardar febrero de este año, la comisión le entregue al IPAB los tres restantes.
El vocero del IPAB, Roberto Barrera Rivera, aseguró que el instituto no ha incumplido con la LPAB, como asegura Reyes Orona, y en todo caso sería un problema de interpretación del artículo decimotercero transitorio.
La confusión, dijo, radica en el párrafo que indica: "El instituto deberá concluir los procesos de recuperación (de los bienes) en un plazo máximo de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente decreto, con excepción de la venta o delegación de la administración de los activos de las instituciones intervenidas por la comisión, que sean objeto de procesos de liquidación, el cual deberá concluir en un plazo no mayor de tres años".
En lo que corresponde a la venta de bienes, explicó que de acuerdo con la interpretación de este párrafo, el IPAB tiene hasta el 19 de enero del 2004 para concluir con esta tarea, aunque destacó que la legislación "no dice qué pasa si no se llega a cumplir con el periodo que marca el artículo".
Confusión en el plazo
Dicho artículo indica que "de los activos de las instituciones intervenidas por la comisión, que sean objeto de procesos de liquidación, el cual deberá concluir en un plazo no mayor de tres años", por lo que aseveró que la liquidación oficial de las instituciones dio inicio en octubre de 2001.
Barrera Rivera reconoció que "el periodo puede interpretarse partiendo de la entrada en vigor de la LPAB (como lo hace Reyes Orona), o a partir del punto de liquidación (que es la postura del instituto)".
No obstante, sostuvo, "si decimos que concluye el 19 de enero de 2001 lo único que se pretendería es llevar este tipo de interpretación a un coyuntural fracaso, pues lo único que quiero es que caigas y aquí no se trata de caer sino de vender".
Además de que en la LPAB, añadió, "debería decir claramente en un plazo no mayor de tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto, pero no lo dice, y tampoco que como evento subsecuente pudieran liquidarse".
En el caso de que no se concluyera con la liquidación de la banca intervenida, en el periodo que sea, comentó que el Congreso de la Unión sería el encargado de definir qué hacer con los activos y si el IPAB se haría acreedor a una sanción.
"Lo curioso es que la ley no tiene un artículo que faculte a alguien su interpretación administrativa, entonces al vencerse un plazo fatal, el qué va a pasar está en una laguna", comentó.
"Pero la verdad es que no existe tal incumplimiento de la ley, no se puede acusar al IPAB de no haber vendido la banca intervenida, y si así fuera la responsabilidad recaería en la Junta de Gobierno del IPAB, que está presidida por el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz", el jefe de Reyes Orona, agregó.
Apuntó que la interpretación del IPAB al respecto es que tiene tres años a partir de octubre de 2001, que fue cuando la CNBV le pasó estas instituciones para su liquidación, pero subrayó que el Instituto no se tomará todo ese plazo ya que "nosotros pensamos que en el 2002 podremos concluir con la mayor venta de los activos de la banca intervenida".
El vocero del IPAB agregó que, posiblemente, el organismo llevará a cabo la reconfiguración de la estructura de estos bancos, con el propósito de que las actividades operativas se concentren en una sola institución en lugar de tener las 10 con personas a cargo.
Analistas en la materia han señalado que con la entrega y liquidación de los bancos intervenidos, el IPAB sólo tendrá la posibilidad de recuperar 7.0 por ciento de los 305 mil millones de pesos utilizados para el saneamiento de dichas instituciones.
La primera intervención gerencial decretada por la CNBV sobre la administración de los bancos Unión y Cremi se dio en 1994, en donde el organismo supervisor recomendó la revocación de sus operaciones para la liquidación de sus activos, pues ambos representaban una pérdida de 300 mil millones de pesos.
En junio pasado, el IPAB reconoció una pérdida total de 36 mil 381 millones de pesos de Banco Unión, de Carlos Cabal Peniche; Banco Oriente de 11 mil 325 millones; Banco Obrero de 8 mil 528 millones; en Cremi de 4 mil 376 millones; Interestatal de 5 mil 744 millones; Promotor del Norte de 336 millones y Banco capital de 74 millones de pesos.