Viernes 7 de noviembre de 2025, p. 39
La Secretaría de Gobernación prepara la publicación de lineamientos que faciliten los mecanismos que permitan acreditar la autenticidad de los certificados de nacimiento de mexicanos nacidos en el extranjero, de hijos de padres mexicanos o de migrantes retornados al país, que hayan sido expedidos por autoridades de otras naciones.
La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria pretende que el proceso se apruebe sin que sea necesaria una traducción firmada por un perito certificado. También abre la posibilidad de registrar un solo apellido.
En el proyecto se recalca que el objetivo es que el Estado mexicano garantice el derecho humano a la identidad en condiciones de igualdad y no discriminación “ante el retorno de connacionales al país, ya sea de manera voluntaria o forzada por deportación”.
Como parte de los lineamientos que perfila adoptar el Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo), se aclara que no será motivo de rechazo que los certificados presenten un solo apellido en los datos del padre o la madre, conforme al uso del país emisor del certificado de nacimiento extranjero.
Tampoco lo será la “omisión de caracteres no contemplados en la lengua española”, ni la incorporación del segundo apellido de los tutores como segundo nombre propio.
Se indica que se informará a los solicitantes sobre las posibles implicaciones jurídicas que deriven de asentar su identidad conforme a la construcción del acta extranjera.
Para corroborar la autenticidad de los documentos, éstos deberán presentarse en original o copia certificada, sin tachaduras.
Las autoridades también podrán solicitar una traducción certificada “en idiomas que así lo requieran por su complejidad”.












