Viernes 26 de septiembre de 2025, p. 35
Los bares y restaurantes del país ya no podrán servir alimentos ni bebidas en las zonas exclusivas para fumadores. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer prohibirlo en definitiva, al validar la reforma de diciembre de 2022 al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con ocho votos a favor y uno en contra, de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el pleno de la Corte resolvió dos proyectos de la ministra Lenia Batres Guadarrama sobre contradicciones de criterios entre tribunales: mientras unos concedían amparos a particulares contra la norma para servir alimentos en áreas exclusivas para fumadores, otros los negaban.
El nuevo fallo del máximo tribunal de justicia revirtió el criterio establecido en mayo de 2024 por la extinta segunda sala, y al alcanzar la mayoría calificada, se generó jurisprudencia, es decir, un criterio obligatorio para todos los juzgadores del país que conozcan amparos contra esa norma.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, defendió la decisión al señalar que el artículo 60, párrafo primero de la ley, no es desproporcionado porque busca garantizar el derecho a la salud.