Viernes 26 de septiembre de 2025, p. 12
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó ayer dos amparos contra la reforma de mayo de 2023 a Ley Minera y otras normas, impulsada por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador, al validar la constitucionalidad de un transitorio que ordena desechar sin trámite las solicitudes pendientes de nuevas concesiones de exploración. En el debate, los ministros reconocieron la rectoría del Estado sobre recursos y actividades estratégicas del país.
Por siete votos contra dos, el pleno aprobó dos proyectos de la ministra Lenia Batres sobre los amparos en revisión 583/2024 y 123/2025, ambos contra el cambio en el proceso para dar concesiones.
En el primer asunto se dio la razón a la Presidencia de la República, que impugnó el amparo concedido a la ex diputada panista Rosa Isela de la Rocha Nevarez, quien alegó que al iniciar en 2021 su trámite de concesión minera, la ley resultaba retroactiva en su perjuicio.
La Corte concluyó que las empresas y particulares que solicitaron permisos antes de los cambios en las normas no tenían un derecho adquirido, sino una expectativa que aún no había sido completada.
También se declaró infundado un segundo agravio, en el que la quejosa criticaba el proceso legislativo del Congreso, que aprobó la reforma a las leyes Minera, de Aguas Nacionales y otras, el 28 de mayo de 2023, en lo que la oposición llamó viernes negro. La Corte determinó que no tiene legitimación para impugnar vicios formales, pues el principio de deliberación democrática protege sólo a los grupos parlamentarios.
Los ministros Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García votaron en contra, al considerar que desechar solicitudes en trámite vulnera la irretroactividad de la ley.
En respaldo del proyecto, el presidente del máximo tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, estimó que no hay derechos adquiridos con sólo presentar solicitudes de concesión y que debe prevalecer la soberanía del Estado sobre sus recursos.