Miércoles 25 de septiembre de 2024, p. 5
Los 16 jueces del tribunal laboral federal de asuntos individuales de la Ciudad de México solicitaron una audiencia con la presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, así como con legisladores de las diferentes bancadas, para que una comisión de togados especializados en la materia expongan la necesidad de dar un trato diferenciado al sistema de justicia laboral aplicado con motivo de las reformas del primero de mayo de 2019, y de esa manera se instrumenten de forma armónica las normas reglamentarias de la reforma judicial con los tratados internacionales y con los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
En un documento, también pidieron que se preserve en las leyes secundarias el sistema de justicia laboral que como titulares especializados en la materia representa, para así, en reciprocidad con los socios comerciales internacionales, dar cumplimiento al anexo 23 del T-MEC.
De no ser posible atender el punto que antecede, se solicita postergar el sistema de elección de jueces y magistrados especializados en la materia mediante voto popular, durante el tiempo que se encuentra vigente el acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.
Consideraron que la reserva que debe contemplarse en la legislación reglamentaria de la reforma judicial debe tener un método de elección distinto al voto popular y directo, sin perder su espíritu democrático, para lo cual sugirió la aplicación de concursos de oposición abiertos a toda la población, en los que puedan participar de manera general los licenciados en derecho, sin importar si forman parte del Poder Judicial.
Que los concursos cuenten con tres etapas, la primera conformada por un cuestionario teórico, la segunda por la elaboración de un caso práctico, y la tercera por un examen oral ante un sínodo que tenga amplio conocimiento de la materia.
Lo que se sostiene, porque no existe mayor ejercicio de democratizador que aquel que permita a cualquier persona concursar, acceder al cargo de juez de distrito especializado en materia laboral siempre y cuando se demuestre que dicho participante es el más apto, por reunir los principios de imparcialidad, excelencia, profesionalismo y objetividad.
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