Miércoles 6 de marzo de 2024, p. 29
Magistrados electorales calificaron de falsos
los argumentos del Partido Acción Nacional (PAN) sobre el presunto exceso de postulaciones comunes en distritos electorales, y la intención de Morena de colocar propaganda en boletas electorales, por lo que decidieron mantener el convenio de candidatura común entre los partidos guinda, Verde Ecologista y del Trabajo.
En cumplimiento a una sentencia de la sala regional del Tribunal Electoral federal, los magistrados locales discutieron los juicios interpuestos por el PAN contra los convenios de candidatura común presentados por Morena, y declararon infundados los presuntos agravios.
A decir de los togados, las reglas de las candidaturas comunes fueron fijadas por los diputados locales como parte de su libertad de configuración en materia electoral a nivel local.
Además, consideraron correcto el hecho de que Morena haya presentado candidaturas comunes en más de 90 por ciento de los distritos electorales y alcaldías, con lo que desecharon el argumento de que el límite era de 25 por ciento.
Si bien los magistrados revocaron los acuerdos de candidatura común de Morena y aliados, los efectos de la sentencia se limitan a ordenar al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) a que informe a los partidos que en lugar de dos convenios sólo pueden presentar uno.
Durante la sesión ordinaria de ayer, los magistrados confirmaron el acuerdo por el que se declaró que Lorena Osornio no alcanzó las firmas mínimas necesarias para acceder a una candidatura sin partido a la jefatura de Gobierno.
En el análisis del caso se declararon infundados los supuestos agravios a Osornio, ya que el IECM garantizó su derecho de audiencia en la revisión de rúbricas.