Autoridades de salud deberán reportar casos
Martes 20 de febrero de 2024, p. 29
Ayer entraron en vigor las reformas de la llamada ley Malena que tipifican como tentativa de feminicidio el delito de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas hacia las mujeres, y obliga a las autoridades de Salud a reportar ante el Ministerio Público estas agresiones cuando tengan conocimiento de ellas en sus unidades médicas.
La secretaria de las Mujeres, Ingrid Gómez Saracíbar, consideró que estas reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal permitirán visibilizar este tipo de violencia, que anteriormente era considerado como lesiones leves o lesiones agravadas, con las que las mujeres quedarán más protegidas y con acceso a la justicia de manera integral, que antes no existía.
Aseguró que en las Lunas –centros de atención para las mujeres– se aplica un tamizaje avalado por la UNAM, en el que se les pregunta si han sido amenazadas con alguna sustancia química corrosiva, y de responder de manera afirmativa se actúa con un esquema de protección y seguridad para ellas.
Dijo que se tienen 20 casos identificados en las Lunas por violencia ácida, pero, acotó, esa cifra no refleja el número de hechos violentos de este tipo, porque ni siquiera las mujeres están conscientes de que están viviendo una agresión extrema.
La diputada local Marcela Fuente detalló que se han identificado 39 sobrevivientes de estos ataques en el país, de las cuales siete ocurrieron en la Ciudad de México, pero no hay un registro oficial de cuántas víctimas de violencia ácida se han registrado.
Con las nuevas reformas, que se publicaron ayer en la Gaceta Oficial, destacó que se ordena a las instituciones realizar un registro estadístico de víctimas de este tipo de ataques, se garantizan medidas de protección y el acceso a la reparación integral del daño.
El jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, destacó que los daños causados por este tipo de violencia serán considerados como un delito autónomo, sancionado con penas de ocho a 12 años de prisión, así como multas de 300 a 700 veces la unidad de medida y actualización (UMA), y de 11 a 46 años de cárcel cuando las lesiones sean calificadas como tentativa de feminicidio.
La activista María Elena Ríos Ortiz, a quien alude el nombre de la ley, consideró que el decreto permitirá honrar la memoria de las mujeres que han atravesado por casos de violencia ácida, e hizo un llamado a todos los Congresos del país a que aprueben esta reforma. Que se hagan a un lado esas posturas y vanidades políticas, porque las que importamos somos las mujeres
, expresó.