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Penalizan la calumnia sólo 4 estados
 
Periódico La Jornada
Viernes 8 de diciembre de 2023, p. 6

En México, los delitos de difamación, calumnia y/o injuria se castigan con prisión y multas económicas sólo en Nuevo León, Yucatán, Querétaro y Sonora.

Según el artículo 345 del Código Penal de Nuevo León, la difamación se castiga con seis meses a tres años de cárcel o una multa, o ambos, según decida el juez. En Yucatán, ese mismo ilícito y la calumnia merecen de tres días a dos años de cárcel y de 20 a 200 días de sanción económica.

El Código Penal de Querétaro estipula en el artículo 285, capítulo Vll, que al que de palabra o de obra insulte o injurie a una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, se le impondrá prisión de tres meses a un año, y hasta 15 días de multa. En Sonora, la legislación precisa que a quien cometa calumnia se le darán de tres días a cinco años de cárcel o multa.

Desde 2007, los delitos de honor, como la calumnia y la difamación, fueron despenalizados en el Código Penal Federal, por lo que los artículos 350 al 363 fueron derogados.

Por otra parte, los artículos 1916 y 1916 bis del Código Civil Federal fueron reformulados para incorporar medidas de reparación en caso de daño moral.