Viernes 22 de septiembre de 2023, p. 17
Un juez federal de control con sede en el Reclusorio Norte autorizó ayer que el abogado Juan Collado Mocelo salga de esta prisión y enfrente sus causas penales en libertad vigilada, lo que fuentes judiciales atribuyeron a un delicado estado de salud del procesado.
La excarcelación no significa que Collado haya sido declarado inocente de ninguno de los cargos, precisaron las fuentes. El procesado enfrenta juicios por delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.
Detenido en 2019 en la Ciudad de México, Collado Mocelo tendrá que usar ahora un brazalete electrónico, con el cual se podrá conocer su ubicación. También deberá firmar el libro de procesados en las fechas que determine el órgano jurisdiccional.
La defensa informó que diversas resoluciones de amparo beneficiaron a Collado Mocelo durante una audiencia que empezó a las 10 de la mañana y concluyó después de las cinco de la tarde.
El juez tomó en cuenta el estado de salud del inculpado y los recientes criterios jurisprudenciales en torno a la prisión preventiva
, indicó brevemente la defensa del que fuera abogado de Raúl Salinas de Gortari y del ex dirigente petrolero Carlos Romero Deschamps.
Collado Mocelo está hospitalizado desde el pasado 7 de junio, cuando fue trasladado de emergencia del Reclusorio Norte al Instituto Nacional de Cardiología, donde se le han practicado un cateterismo coronario y otros procedimientos.
El 30 de agosto de 2020, la Fiscalía General de la República (FGR) acusó a Collado Mocelo de defraudación fiscal por 36.7 millones de pesos a causa de la evasión del impuesto sobre la renta de 2015. Sin embargo, a principios de este mes, el juez de control Gustavo Aquiles Villaseñor, con sede en el Reclusorio Norte, también autorizó la salida de prisión del abogado por este caso y le impuso la obligación de usar brazalete electrónico, entregar su pasaporte y el pago de una fianza de un millón de pesos.
En junio de 2022, Aquiles Villaseñor resolvió no vincular a proceso a Collado Mocelo por el delito de fraude específico en trámites relacionados con la liberación de 76.5 millones de euros depositados en Andorra. El fallo fue en cumplimiento de la sentencia dictada por el séptimo tribunal colegiado en materia penal, con sede en la Ciudad de México.