Algunos sectores malinterpretan lo relativo a la objeción de conciencia, afirma la organización Ipas
Viernes 25 de junio de 2021, p. 13
La agrupación Ipas Centroamérica y México (CAM) celebró la publicación, a mediados de este mes, del Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México, elaborado por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud (Ssa).
No obstante, resaltó que en algunos sectores se malinterpretan algunos aspectos del documento; por ejemplo, lo relativo a la objeción de conciencia.
La actualización establece los criterios básicos de atención en las unidades de la Ssa para que las gestantes, incluyendo niñas y adolescentes, que requieran los servicios de aborto seguro, tengan acceso a una atención oportuna, resolutiva e integral, basada en evidencia científica, con perspectiva de género y de derechos humanos y en el marco de las causales permitidas en cada estado
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Fernanda Díaz de León Ballesteros, coordinadora del área de Incidencia y Acceso Comunitario en Ipas CAM, consideró que el lineamiento es respetuoso del marco legislativo de los estados, aporta claridad y resuelve los vacíos o lagunas normativas que antes existían; establece cómo deben prestarse los servicios de salud en materia de aborto, considerando los marcos y causales permitidas en cada estado, y aporta elementos para facilitar la operatividad y provisión de servicios despejando dudas y confusiones
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Aseguró que por primera vez el país cuenta con un documento federal que concentra todas las disposiciones del sistema jurídico mexicano en la materia, pero también incorpora evidencia científica y las directrices de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud
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Mara Zaragoza, gerente del programa de calidad de servicios en Ipas CAM, resaltó que es el primer documento federal que explícitamente aborda el tema del aborto y hablarlo es el primer paso para combatir la discriminación y el estigma
y se reconoce a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el aborto, como servicios esenciales”.
Señala que la atención al aborto, ya sea espontáneo o inducido, debe ser una prioridad, pues es un proceso sensible al tiempo e indica que la objeción de conciencia es un derecho, prerrogativa o posibilidad que tienen los profesionales de la salud para negarse a participar en un procedimiento, siempre y cuando no ponga en riesgo la vida de las personas
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