Sábado 19 de junio de 2021, p. 27
Zacatecas, Zac., A dos meses de concluir su mandato, el gobernador priísta Alejandro Tello Cristerna, envió al Congreso del estado una iniciativa donde propone una nueva Ley General del Issstezac, que incluye una reforma al sistema de pensiones, del que dependen 24 mil trabajadores activos y jubilados, y con la cual se pretende incrementar de 12 a 16 por ciento las cuotas de los empleados.
Representantes de sindicatos se reunieron ayer en privado para movilizarse contra la propuesta, pues en 2015, el ex mandatario Miguel Alonso Reyes (también antes de concluir su administración) impulsó la vigente Ley del General del Issstezac, donde se aumentó de 6 a 12 la aportación al fondo de pensiones.
Trascendió que los nueve diputados de Morena en el Congreso local se reunirán para analizar la iniciativa, ante el poco tiempo que falta para que tome posesión el gobernador electo, David Monreal Ávila.
Asimismo, para alcanzar esa nueva reforma, Tello Cristerna requiere las dos terceras partes de los votos de los 30 legisladores locales, porque sólo con el PRI y sus aliados, no lo conseguiría.
Según la propuesta de Tello Cristerna (132 páginas, cuya copia tiene La Jornada), se plantea que una vez aprobada la iniciativa, dentro de los 60 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto, la junta directiva del Issstezac deberá constituir la unidad de liquidación de la actividad comercial y turística
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Es decir, se desincorporarán del patrimonio del Issstezac los negocios que fueron adquiridos y puestos en operación, con recursos del fondo de pensiones, y que consisten en tres hoteles, un balneario, y varias farmacias, así como un centro recreativo social, que incluye un boliche, además de un par de funerarias con crematorio.
Además, se establece que la unidad de liquidaciones
, diseñará e implementará acciones con el propósito de finiquitar gradualmente los recursos humanos, materiales y financieros hasta la extinción total de la actividad empresarial, y cuya ejecución se realice en un plazo que no exceda los tres años a partir de la entrada en vigor del presente decreto
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