Resolución sentará precedente: Especialista
Lunes 26 de abril de 2021, p. 13
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el amparo promovido por Greenpeace en contra de la Norma Oficial Mexicana (NOM) que fija el límite máximo de dióxido de azufre para todo el país.
La organización afirma que éste es 20 veces superior al que recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La resolución del caso sentará un precedente para todos los juicios en materia ambiental que exigen el cumplimiento de estándares internacionales para medir la contaminación en el país, afirmó Luis Miguel Cano, abogado especializado en temas ecológicos.
La impugnación de Greenpeace contra la NOM-022-SSA-2017 comenzó desde que fue sometida a consulta; entonces, la organización argumentó que la norma mexicana establecía un límite máximo de 288 microgramos de dióxido de azufre por metro cúbico de aire, en tanto, el de la OMS es de 20 microgramos durante 24 horas.
Estas observaciones fueron presentadas ante la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris), la cual nunca respondió, por lo cual promovieron varios amparos, uno de ellos incluso en nombre de seis niños, quienes argumentaron que la NOM era violatoria tanto de sus derechos a la salud como de un medio ambiente sano.
Todos estos amparos fueron desechados por juzgados de primera instancia, los cuales respondieron que los índices de la OMS eran sólo recomendaciones y no de observancia obligatoria por el gobierno mexicano.
Sin embargo, el amparo en revisión 32/2021 sí fue atraído por la segunda sala, lo que, según explicó Cano –asesor externo de Greenpeace–, abre una oportunidad para futuros litigios en materia ecológica.
La trascendencia de este caso en la Suprema Corte es que se llegue a determinar si el principio de favorecer la mayor protección a las personas aplica en todos los asuntos medioambientales
, explicó.