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Inconstitucionales, retenes fitosanitarios en Chihuahua
 
Periódico La Jornada
Viernes 16 de agosto de 2019, p. 27

Es inconstitucional la facultad que el Congreso de Chihuahua otorgó al gobierno de ese estado para instalar en sus carreteras puntos de verificación interna, es decir retenes, con fines de control fitosanitario. La norma, anulada ayer por el pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), permitían además castigar con hasta cuatro años de cárcel a quien evadiera esos controles. En sesión del pleno de la SCJN, ayer se invalidaron los artículos 371, 372 y 374 del Código Penal de Chihuahua, por considerar que invadían atribuciones exclusivas de la Federación, ya que el tema de la seguridad fitosanitaria y sus sanciones se incluye en la Ley Federal de Sanidad Vegetal. El caso fue iniciado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien interpuso una controversia constitucional en contra del artículo 371 del Código Penal de Chihuahua, el cual imponía sanciones a quien evadiera un punto de verificación interna o interna estatal. Al analizar el caso, los ministros invalidaron por extensión los artículos 372 y 374 del ordenamiento, pues establecían sanciones administrativas y excepciones sobre el tema, declarado en su momento como inconstitucional.