Domingo 24 de marzo de 2019, p. 18
El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió un acuerdo por el que se tiene por presentada la aceptación de las condiciones que el órgano regulador impuso para aprobar la concentración entre The Walt Disney Company y Twenty-First Century Fox.
En su octava sesión ordinaria, realizada el 11 de marzo, el pleno del IFT resolvió por unanimidad establecer que el cierre de la operación sólo podría ocurrir previa aceptación de las condiciones, lo cual debía suceder en los 10 días hábiles siguientes a que surtiera efecto la notificación, realizada el 12 de marzo. De lo contrario, la concentración se consideraría objetada.
Entre las condiciones destacan que Disney deberá desprenderse de Fox Sports, ya que si no lo hace tendría más de 80 por ciento del contenido deportivo en televisión de paga, debido a que la empresa también posee la cadena deportiva ESPN.
En línea con este requisito, el IFT informó que el pasado día 15 Disney y Fox presentaron por escrito al instituto su aceptación de la totalidad de las condiciones, por lo que el pleno, en su sesión del 20 de marzo, dio por presentado ese requisito en el plazo otorgado, lo cual les permite realizar la concentración.
Se corroborarán cláusulas
El IFT verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas y podrá requerir a las partes información en todo momento. Ante cualquier posible incumplimiento, el instituto podrá iniciar los procedimientos sancionatorios previstos en la Ley Federal de Competencia Económica
, indicó en un comunicado.
En México, la fusión Disney-Fox fue sometida al análisis y decisión del órgano regulador, por los efectos que pudiera tener en los mercados que pertenecen a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Ante ello, derivado de un análisis en 10 actividades económicas de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, el IFT concluyó que esa operación generaría riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia en dos mercados relevantes que corresponden a la provisión y licenciamiento de canales restringidos a proveedores del servicio de televisión de paga en las categorías programáticas fáctica
, que incluye programas culturales, documentales y realities, y deportes
.
Explicó que si bien los problemas detectados en esos dos mercados no son suficientes para impedir la concentración, se consideró necesario imponer diversas condiciones para corregir los riesgos identificados.