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Aprueba el Senado derecho de audiencia a personas con cuentas aseguradas por la SHCP
 
Periódico La Jornada
Miércoles 6 de marzo de 2019, p. 12

Morena impuso ayer de nueva cuenta su mayoría, ahora para aprobar en el Senado modificaciones legales que otorgan el derecho de audiencia personas que sus cuentas bancarias sean bloqueadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), bajo los cargos de lavado de dinero, narcotráfico y terrorismo.

La reforma, que adiciona un capítulo al título quinto de la Ley de Instituciones de Crédito, fue aprobada por 64 votos –33 en contra– y la oposición advirtió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo de esa ley que faculta a Hacienda a bloquear cuentas bancarias.

El coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera, consideró relevante dar garantías del debido proceso a los inculpados, pero ¿cómo regular un procedimiento que la Corte ya declaró inconstitucional?, preguntó.

Hizo notar que en su resolución, la Corte resalta que la atribución que el artículo 105 de la Ley de Instituciones de Crédito da la SHCP es sólo una medida cautelar con procedimientos relativos a compromisos internacionales asumidos por México.

Con ese señalamiento coincidió el senador del PAN Damián Zepeda, quien advirtió que una autoridad administrativa no tiene la atribución para aplicar una medida cautelar, como el bloqueo de una cuenta bancaria, porque estaría prejuzgando sobre la comisión de un delito.

Indicios suficientes

En el dictamen que luego se aprobó se establece que la SHCP podrá introducir a un individuo en la lista de personas bloqueadas como medida cautelar, siempre que cuente con indicios suficientes de que está relacionado con delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La modificación establece que a solicitud del interesado se le otorgará audiencia para que, dentro de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación, acuda a la SHCP, ofrezca pruebas y formule alegatos en su favor.

La Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP, dentro de los 15 días hábiles siguientes, deberá emitir la resolución administrativa en la que fundamentará la inclusión del interesado a la lista de personas con recursos bloqueados y si procede o no su eliminación de la lista.

La senadora priísta Vanessa Rubio dijo que están de acuerdo en que se realice un ataque frontal a la corrupción, al lavado de dinero y al desvío de recursos. Pero también es importante, alertó, que se garanticen y respeten los derechos de las personas, para no ser violentados en su propiedad, recursos e integridad.