Viernes 1º de marzo de 2019, p. 8
Entre las disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles para entregar la Orden Mexicana del Águila Azteca está la conformación de un consejo que analice los perfiles de los aspirantes para emitir las propuestas correspondientes, el cual no se constituyó legalmente
cuando se entregó esta distinción a Jared Kushner, asesor del presidente estadunidense Donald Trump.
Así señala la demanda de amparo indirecto para retirar dicha medalla, promovido por el Centro contra la Discriminación. El presidente de la mesa directiva de la asociación, Carlos Odriozola Mariscal, indicó que no cuentan con ninguna prueba de que se haya llevado a cabo el consejo
ni se conoce cómo se conformó o cuándo sesionó.
Además, en el acuerdo que anuncia la condecoración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de noviembre, no se especifica quién lo integró. Asumo que no se conformó
, expresó.
El 30 de noviembre, en su último día como presidente, Enrique Peña Nieto otorgó a Kushner dicha medalla.
Otra presunta violación es que el asesor estadunidense no cumple con los méritos que se requieren para la distinción a un extranjero como haber tenido una conducta o trayectoria vital singularmente ejemplar
, haber realizado actos u obras valiosas o relevantes en beneficio de la humanidad, de México o de cualquier persona
o haber prestado servicios prominentes
.
Odriozola Mariscal añadió que si bien el decreto señala que la condecoración se dio por las contribuciones que brindó para facilitar el diálogo entre ambos países, no se especifica cuáles ni en qué forma se dieron.
Señaló además que otorgarla a una persona que pertenece a una oficina, en este caso la del presidente de Estados Unidos de América, desde donde se nos discrimina pública y reiteradamente, es un acto que viola el artículo primero constitucional
, relativo a la igualdad y la no discriminación.
Para respaldar este hecho, en la demanda agregó una queja que promovió en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación sobre dichos discriminatorios del presidente Donald Trump, la cual no prosperó porque aquellos se emitieron en Estados Unidos, pero el organismo reconoció que eran racistas y xenofóbicos
.
En la demanda de amparo indirecto se reclama la omisión en la que incurrieron las autoridades responsables a los artículos 2, 3, 5 y 6 en su fracción II, así como del 11 al 16, 27, 33, del 40 al 44 y demás relativos a la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.