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Remplazan jefes de Cancillería a embajadores salientes
 
Periódico La Jornada
Domingo 4 de noviembre de 2018, p. 10

Ante la renuncia de los políticos designados como embajadores y cónsules, las representaciones en el exterior que quedaron acéfalas serán dirigidas por los jefes de Cancillería y por el cónsul adscrito de cada oficina, de acuerdo con Manuales de Organización Tipo para cada uno de los puestos.

De cara al proceso de transición y a solicitud de la administración entrante, los nombramientos políticos en representaciones de México en el exterior tuvieron hasta el 31 de octubre para presentar su renuncia ante el secretario de Relaciones Exteriores y deberán dejar las embajadas, consulados y residencias a más tardar el próximo 30 de noviembre.

Aquellas embajadas que se queden sin titular hasta que haya un nuevo nombramiento, serán atendidas por el jefe de Cancillería, que de acuerdo con el Manual de Organización Tipo para Embajadas de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), su objetivo es coordinar las actividades de las áreas adscritas a la representación, con base en los objetivos, estrategias y líneas de acción que se deriven de los instrumentos de planeación para atender las directrices emitidas por la SRE, así como las instrucciones del embajador.

Funciones del sustituto

Entre sus funciones destaca la de suplir al embajador en su ausencia y realizar los actos que lo faculten para dar cumplimiento a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, su reglamento y las demás disposiciones administrativas vigentes.

Así, ante el desistimiento del embajador de México en Estados Unidos, Gerónimo Gutiérrez, quedará a cargo el embajador José Antonio Zabalgoitia Trejo, jefe de Cancillería en Washington, quien es miembro del Servicio Exterior Mexicano (SEM).

En esta situación, también está la embajada de México en Canadá, la cual ante la eventual ausencia del economista Dionisio Arturo Pérez-Jácome Friscione estará atendida por el embajador Arturo Hernández Basave, diplomático de carrera.

En relación con los consulados, el Manual de Organización Tipo para consulados generales especifica que el cónsul adscrito tiene entre sus funciones suplir al cónsul general en su ausencia y realizar los actos que lo faculten de acuerdo con la ley del SEM y las disposiciones administrativas vigentes de la SRE.