analiza acción de inconstitucionalidad
Jueves 6 de septiembre de 2018, p. 36
La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la competencia de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para definir violaciones a las garantías fundamentales y para determinar el cumplimiento de sus propias recomendaciones.
Las decisiones adoptadas por el pleno de la Corte fortalecen, además, la autonomía de la CDHDF y ponen énfasis en la autoridad política y moral que caracteriza su naturaleza y sus funciones de defensa y protección de los derechos humanos.
Pese a que no contará con juicios de restitución obligatoria de derechos humanos, la comisión conserva intacta su competencia para determinar el cumplimiento de sus propias recomendaciones, sin que éstas puedan ser sometidas a escrutinio judicial, precisó.
El 4 de septiembre, la SCJN continuó con el estudio de las acciones de inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas, interpuestas contra la Constitución Política de la Ciudad de México y validó la atribución de la CDHDF para definir los supuestos en los que las violaciones a los derechos humanos se considerarán graves, y determinó que tal atribución no invade la esfera de competencia de la Federación.
Dicho dictamen consolida el entendimiento integral y progresista que el constituyente capitalino ha tenido de los derechos humanos, fortalece las actuaciones de la comisión y robustece la protección para las víctimas de graves violaciones a derechos humanos que comparecen ante ella.
Al analizar la validez constitucional de los juicios de restitución obligatoria de derechos humanos, la SCJN determinó que tal medio de control Constitucional local es contrario al sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos establecido en la Constitución general de la República, indicó.
Sin embargo, destacó, las determinaciones adoptadas por el pleno de la Suprema Corte, vistas en conjunto, fortalecen la autonomía de la CDHDF, en beneficio de la defensa y protección de los derechos humanos.