Fideicomiso irregular
No hay certeza de que recursos llegaron a damnificados
Lunes 23 de julio de 2018, p. 5
La resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la multa de 197 millones de pesos aplicada a Morena por la operación del fideicomiso Por los demás, establece que la sistematicidad de los anuncios del partido de usar esta vía para apoyo a damnificados y el vínculo directo de quienes aportaron y retiraron el dinero son elementos suficientes que avalan la intervención para fiscalizar recursos operados por el partido, debido a la relación estrecha con esos recursos.
De las consideraciones en las que el INE justifica el ejercicio de sus facultades para la investigación por tratarse de un fideicomiso creado y operado por Morena, el organismo subraya que asociado a la coyuntura de los sismos, diversos institutos políticos expresaron su intención de apoyar, ante lo cual el organismo hizo público el mecanismo legal pertinente para concretarlo, dadas las restricciones legales que tienen los partidos para utilizar sus recursos diversos.
El instituto precisa que al formalizar la creación del fideicomiso el entonces dirigente nacional ya era conocedor de la opinión jurídica del organismo, al respecto se comunicó públicamente la inviabilidad de destinar recursos públicos provenientes de las prerrogativas a que tienen derecho, para fines distintos a los estrictamente establecidos en la Constitución. No obstante ello, el entonces dirigente confirmó la intencionalidad de constituir sendo fideicomiso
.
La resolución puntualiza: El Reglamento de Fiscalización, en su artículo 63, prevé la posibilidad de recurrir a la constitución de fideicomisos a fin de manejar los recursos de las coaliciones
, pero destinado al financiamiento partidista. Y en esa medida, deberán notificar al INE la creación de todo fondo para efectos de su fiscalización.
Los puntos clave
Entre los puntos clave en los que el organimo sustenta su tesis del vínculo directo Morena-fideicomiso, en el que se desestima su carácter privado, destacan las violaciones que se cometieron en la operación del fondo. Entre ellas, quienes estaban facultados para recibir los recursos, definidos como sujetos de apoyo, mismos que, de entrada, deberían estar en el padrón de damnificados de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
“De las actas del Comité Técnico –señala la resolución– se desprende que las instrucciones a la fiduciaria no fueron que los recursos se destinaran a los sujetos de apoyo, sino a terceros, quienes a su vez deberían haber dispersado
los recursos a los afectados en las diferentes entidades del país.
Por lo que hace a los criterios de dispersión de los recursos recaudados y la selección de los beneficiarios, esta autoridad fiscalizadora hace mención que los mismos no se encuentran consignados en el contrato de fideicomiso ni en ninguno de los convenios modificatorios. Existe un vacío respecto de la certeza de cómo y quiénes serían los sujetos de apoyo, destinatarios finales del recurso
, agrega.
Quienes recibieron los cheques de caja, en lugar de sujetos de apoyo “por instrucciones del comité, se encuentran dentro de la nómina de Morena. Es inobjetable arribar a la conclusión de que funcionarios del partido incoado recibían sumas de dinero a través de cheques de caja (…) En efecto, la gravedad de la circunstancia se agudiza cuando se comprueba fehacientemente que dichas personas no se encuentran en el padrón de damnificados”.