El artículo 733 no impide acudir a juicios de responsabilidad civil contra funcionarios judiciales
Sábado 16 de junio de 2018, p. 12
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el artículo 733 del Código de Procedimientos Civiles del estado de Colima no impide a los gobernados acudir al juicio de responsabilidad civil en contra de funcionarios judiciales con motivo de las determinaciones que éstos emiten y que se estiman generadoras de un agravio
.
A propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, se resolvió el amparo directo en revisión 6706/2017, en el cual se analizó la inconstitucionalidad de la legislación antes mencionada, por estimarla violatoria del derecho de acceso a la justicia de los gobernados, al condicionar la procedencia del juicio de responsabilidad civil en contra de funcionarios judiciales, una vez que se agotan los recursos legales ordinarios
.
En ese contexto, el máximo tribunal del país consideró que el artículo 733 busca proteger dicho principio al configurar esta clase de juicios como un mecanismo subsidiario de responsabilidad de los funcionarios judiciales, el cual únicamente pueda activarse cuando el agotamiento de los recursos ordinarios sea insuficiente para la reparación del agravio sufrido, evitando así que la instauración de este tipo de procedimientos sea utilizada como un instrumento de presión en contra del juez, con la finalidad de poder influir en su decisión jurisdiccional ante la amenaza que le pueda significar ser sujeto de uno
.