Viernes 18 de mayo de 2018, p. 8
Guanajuato, Gto.
El Congreso de Guanajuato reformó la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incluir la violencia política
y de esta forma, obligar al procurador de justicia del estado a poner en marcha campañas de difusión sobre los derechos que tienen las víctimas ante este delito.
El 20 de diciembre de 2017 entró en vigor el artículo 289-a del Código Penal de Guanajuato, que castiga de dos a cuatros años de prisión a quien dolosamente anule o limite el ejercicio de los derechos políticos o de las funciones públicas a una mujer por razones de género.
Es la acción u omisión que tenga por objeto o resultado limitar o menoscabar el ejercicio de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo y se manifiesta en presión, persecución, hostigamiento, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón de género.