Magistrados ordenan nuevo dictamen y pruebas; su visión de género es errada
, abogado
Sábado 25 de noviembre de 2017, p. 28
Querétaro, Qro.
Magistrados del tribunal colegiado en materia penal y administrativa del vigésimo segundo circuito, otorgaron este viernes un amparo en favor de Dafne McPherson Veloz –condenada a 16 años de prisión por homicidio, presuntamente por abortar de manera espontánea a su hija–, para regresar el caso al Poder Judicial de Querétaro y que éste emita otro dictamen basado en nuevas pruebas por el principio de perspectiva de género, médicas y sicosociales.
No obstante, McPeherson Veloz no obtendrá su libertad de manera inmediata. La defensa legal de Dafne lamentó la decisión de los magistrados por considerar que la interpretación de perspectiva de género es errónea, además de que no atendieron el principio de presunción de inocencia para que obtuviera la libertad inmediata, como lo señala el sistema penal acusatorio, en el que se debe demostrar la culpabilidad de la acusada.
Los magistrados María del Pilar Núñez González, Jorge Mario Montellano Díaz y Mauricio Barajas Villa, presentaron el proyecto de sentencia del amparo 183/2017, en el que señalaron que no había pruebas que acreditaran el aborto espontáneo, el homicidio calificado, así como pruebas sicológicas y de hipotiroidismo que padece la acusada.
McPeherson Veloz fue sentenciada a 16 años de prisión por aborto involuntario. El 17 de febrero de 2015, la mujer se sintió mal y acudió al baño de la tienda Liverpool donde trabajaba, en la ciudad de San Juan del Río. Ahí dio a luz a una bebé que pesó dos kilos 950 gramos y midió 45 centímetros. La menor murió por asfixia en la taza del baño.
La defensa de Dafne indicó que su clienta no sabía que estaba embarazada, al presentar la enfermedad de hipotiroidismo, por lo que se trató de un parto espontáneo y de violación obstétrica, además de que el procedimiento procesal y judicial presentó diversas inconsistencias.
Preocupa decisión de magistrados
Karla Michel Salas, directora del grupo Acción por los Derechos Humanos, señaló que la decisión de los magistrados es preocupante porque al no permitir la reposición del juicio completo, impedirá a la defensa legal presentar más pruebas, además de no establecer responsabilidad penal para quienes incurrieron en una serie de irregularidades en la investigación.
Pablo Navarrete, director jurídico del Instituto Nacional de las Mujeres, consideró que en los argumentos de los magistrados se señala que hay una víctima que es la bebé, pero a los paramédicos no les fue permitido ingresar a la tienda Liverpool para que Dafne y su hija recibieran atención.
Se acusa a Dafne por no atender los parámetros de la buena madre; es decir, no saber que estaba embarazada, tener a su hija y actuar para salvarla, lo que resulta discriminatorio
, dijo.