SCJN revoca amparo a un profesor
Martes 26 de septiembre de 2017, p. 26
La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer revocar la sentencia de un tribunal colegiado que había amparado a un maestro de secundaria en contra de la separación de su cargo por haber acumulado tres faltas consecutivas a su trabajo. De esta manera se ratificó la validez de la reforma educativa vigente desde 2013.
La Ley General del Servicio Profesional Docente prevé que cuando se registren ausencias sin justificación, no se requiere juicio laboral previo para que proce-da la sanción en comento contra los maestros en esta situación.
El máximo tribunal ya se había pronunciado sobre el tema, por lo que ayer ratificó su criterio. No obstante, en la revisión del caso del profesor Ramón Ortiz Valdés, la sentencia sobre el amparo directo 3261/201 determinó que el artículo 76 de dicha ley no discrimina ni da trato desigual a los trabajadores de la educación respecto de los demás empleados al servicio del Estado, ya que la reforma constitucional del artículo tercero, agregó un inciso d) en el que se establece que la educación será de calidad
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