Atrae amparo sobre pareja que pelea custodia de menor
Jueves 31 de agosto de 2017, p. 35
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo para su análisis un juicio de amparo que podría servir para fijar postura respecto a las facultades de los jueces nacionales para pronunciarse sobre la validez de resoluciones extranjeras en las que existan sentencias aparentemente contradictorias entre el Estado solicitante y el Estado requerido, la determinación de la residencia habitual de un menor a la luz de la Convención de la Haya, y la identificación de un posible fraude procesal en el marco de una disputa internacional sobre el cuidado de un menor.
La solicitud de ejercicio de atracción con el expediente 507/2016 fue presentada por el ministro José Ramón Cossío Díaz y aprobada por la primera sala.
En este caso una pareja inició un juicio de divorcio en México, en el que se determinó que la guarda y custodia de la hija en común la ejercería el padre; sin embargo, la madre la llevó a Estados Unidos.
El padre solicitó la restitución internacional de la menor, pero le fue negada por haber transcurrido más de un año del traslado. Posteriormente, la madre de la menor promovió otro juicio de divorcio ante los tribunales estadunidenses y como medida cautelar se determinó que la niña no debía ser retirada de su residencia en Estados Unidos.
El padre trajo a la niña a territorio mexicano y la madre inició el trámite de restitución internacional de menores en el que la autoridad central estadunidense solicitó a la Secretaría de Relaciones Exteriores llevara a cabo todos los trámites correspondientes para dicha restitución.
El juez del conocimiento dictó sentencia mediante la cual negó esta pretensión al considerar, esencialmente, que existía una sentencia mexicana dictada con anterioridad en la que se establecía la custodia en favor del padre y que la madre había cometido fraude a la ley al promover un juicio de divorcio en Estados Unidos. En contra de dicha resolución, la madre de la menor promovió un amparo, del cual se solicita su atracción.
Para la primera sala la importancia y trascendencia del amparo radica en que permitirá profundizar en el análisis de una temática trascendental sobre la que aún no se ha integrado jurisprudencia, esto es, la debida interpretación de la Convención de la Haya y su articulación tanto con otros tratados internacionales como con nuestro derecho interno sobre reconocimiento y aplicación de derecho extranjero.
De esta manera, es indudable que la sustracción y la retención de un menor tienen un alto potencial de impacto sobre sus derechos, por lo cual es conveniente desarrollar criterios jurisdiccionales que los protejan de la mejor manera.