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La Asamblea Legislativa está facultada para iniciar el juicio, aduce

Desecha juez solicitud de amparo de Rigoberto Salgado contra desafuero
 
Periódico La Jornada
Martes 22 de agosto de 2017, p. 25

El juzgado noveno de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México desechó de plano la solicitud de amparo interpuesta por el jefe delegacional de Tláhuac, Rigoberto Salgado Vázquez, con lo que la Asamblea Legislativa (ALDF) puede iniciar el juicio de desafuero en su contra.

El artículo 61 de la Ley de Amparo señala las condiciones de improcedencia de esta protección, entre las cuales está cuando las legislaturas de los estados o sus comisiones planteen iniciar juicios políticos, suspensión o remoción de funcionarios en los casos previstos en las Constituciones locales, indicó.

En este caso, la ALDF está facultada para remover a los jefes delegacionales por causas graves previstas en el Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México. Respecto de Rigoberto Salgado Vázquez, por sus presuntos vínculos con el crimen organizado.

Dicho órgano legislativo, precisó, no viola ninguna garantía, pues durante el proceso el delegado podrá presentar pruebas y formular alegatos de defensa. Luego los legisladores calificarán la gravedad de la falta y resolverán en definitiva sobre la remoción, por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la actual legislatura.

La resolución de la Asamblea Legislativa será definitiva e inatacable, y surtirá efecto de inmediato, precisó el juez federal; mientras, la Comisión Especial Jurisdiccional de la ALDF anunció que sostendrá este martes una reunión con sus integrantes para determinar las medidas a seguir.

La presidencia de la mesa directiva exhortó a esa comisión a no atrasar el proceso, abrir la audiencia y definir a la brevedad la situación del funcionario delegacional, tras determinarse que la Asamblea no sólo cuenta con facultades para llevar a cabo ese juicio, sino que cuenta con pruebas suficientes.

Con esto comprobamos que no hay complot en contra de este funcionario, sino todo lo contrario; la misma ley nos ampara en un procedimiento que está bien estructurado, cuyo objetivo primordial es actuar conforme a lo que determina la ley, concluyó.