Domingo 29 de enero de 2017, p. 13
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) autorizó ejercer censura previa a los promocionales de los partidos políticos cuando hayan sido motivo de debate público o se busque evitar que causen daño a la moral de la infancia, la propaganda en favor de la guerra, la apología del odio nacional o porque iniciten a la discriminación o la violencia.
En una sentencia (SUP-REP-4/2017), la sala superior facultó al Instituto Nacional Electoral (INE) para prohibir la difusión de un promocional antes de hacerse público en radio y televisión.
Los nuevos magistrados tuvieron una votación dividida en este tema. Reyes Mondragón, Felipe de la Mata, Indalfer Infante y Felipe Fuentes Barrera respaldaron este criterio y de otro que permite a los partidos críticas al gobierno en su propaganda de precampaña. Sin embargo, tres se manifestaron en contra: la presidenta Janine Otálora y los magistrados Mónica Aralí Soto y José Luis Vargas Valdez.
Necesidad imperiorsa
En sesión privada, cuatro magistrados determinaron que se pueden aplicar medidas cautelares cuando exista debate público sobre el contenido de promocionales que no han sido emitidos en radio y televisión. También se puede cancelar su transmisión cuando exista una necesidad imperiosa de proteger los derechos del denunciante, por una afectación inminente y grave a sus derechos o a intereses legítimos de una sociedad democrática (como podría ser la moral de la infancia y adolescencia, para evitar la propaganda de la guerra, la apología del odio nacional, racial o religioso que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia
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Este tema ha generado debate electoral, porque desde hace más de un lustro el INE había rechazado analizar quejas en tanto los mensajes no se hubieran difundido en radio y televisión para evitar ejercer censura anticipada.
Los anteriores magistrados de la sala superior validaron una decisión de la Comisión de Quejas del INE, que ordenó que no se transmitiera un promocional del PRI, el cual señalaba al ahora gobernador Miguel Ángel Yunes de haber sido acusado de pederastia.
Dicha determinación no fue compartida en su momento por los consejeros Pamela San Martín y José Roberto Ruiz Saldaña, quienes consideraron que se trataba de censura previa, prohibida por la Constitución, y sostuvieron su postura en subsiguientes, en los que se prohibieron varios anuncios antes de radiodifundirse.