Los ayuntamientos, sin facultad para interponer ese recurso
Domingo 22 de enero de 2017, p. 9
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó tres controversias constitucionales contra el gasolinazo presentadas ante el máximo tribual por cinco municipios del estado de Jalisco, ya que los ayuntamientos no tienen facultades para interponer estos recursos jurídicos.
La Suprema Corte dio a conocer: se desecha de plano, por notoriamente improcedente, la controversia constitucional intentada de manera conjunta por por municipios promoventes
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El pasado 11 de enero las alcaldías de Guadalajara y Tlajomulco de Zúñiga presentaron recursos de manera individual, en tanto que Tlajomulco, Zapopan, Tlaquepaque y Zapotlanejo lo hicieron de manera conjunta.
Representantes de los ayuntamientos interpusieron ante la SCJN los recursos de acción de inconstitucionalidad con los cuales buscaban combatir el aumento en los precios de los combustibles, impuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del artículo 12 de la Ley de Ingresos de este año.
Pablo Lemus, alcalde de Zapopan, dijo en representación de 23 compañeros suyos, pertenecientes a Movimiento Ciudadano, que la intención de la demanda no es combatir el aumento generalizado en el precio de los combustibles, sino exigir un trato igual al de los municipios que se ven favorecidos con un costo menor de los hidrocarburos.
En Zapopan, por ejemplo, las gasolinas Magna, Premium y el diésel cuestan 16.53, 18.41 y 17.26 pesos, respectivamente, mientras que en Veracruz su costo es de 15.33, 17.11 y 16.41 pesos, respectivamente. Confiaron en que los ministros del máximo tribunal atendieran su demanda, ya que argumentan que el gasolinazo es inconstitucional, porque el Ejecutivo federal no tenía facultades para ponerlo en marcha, sino que es competencia del Congreso de la Unión, además de que el presidente Enrique Peña Nieto no cumplió con las formalidades legales que se requieren para aplicar una medida de esa naturaleza.