Aprueba segunda comisión proyecto de Medina Mora
Jueves 12 de enero de 2017, p. 14
Los militares que pasen a retiro tienen derecho a ascender al grado superior únicamente para el goce de prestaciones económicas y de seguridad social, pero mantendrán el obtenido en activo para todos los efectos legales previstos en la legislación castrense, sostiene el proyecto de dictamen que discutió la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Al aprobar por unanimidad el proyecto elaborado por el ministro Eduardo Medina Mora, el criterio será definitivo para negar el amparo a cientos de militares que impugnaron la disposición que entró en vigor en 2011, mediante un cambio al Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (Issfam).
A partir de dicho cambio, militares que pasaron a retiro, particularmente coroneles y capitanes de navío, se inconformaron con la disposición; sus demandas están a la espera de la decisión de la Corte.
La inconformidd también pretendía que los militares en retiro dejaran de presentar la prueba de vida
para cobrar sus pensiones, la cual también fue rechazada por la SCJN.
Y es que, por ejemplo, en los hospitales militares, los generales o almirantes cuentan con habitaciones especiales o son atendidos de manera prioritaria; además de que, según el grado, se agilizan los trámites y servicios.
Los amparos cuestionan que la legislación impugnada contraviene el artículo 27 de la Ley del Issfam, porque afecta un derecho adquirido, lo que viola derechos a la igualdad y seguridad jurídica.
La sala le negó la protección de la justicia federal al teniente de Fuerza Aérea especialista en electrónica de aviación Eliazar Desiderio López, con el argumento de que las modificaciones al Reglamento del Issfam son válidas, porque tienen el propósito de proteger la disciplina militar, que constituye un presupuesto estructural del Ejército que requiere del orden jerárquico, ligado a la relación de mando y subordinación
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