Se utilizan en México para hacer callar las voces críticas y disidentes
Recurren a ellas políticos, funcionarios, empresarios, concesionarios de medios de comunicación y otros actores de la vida pública, se dice en un seminario realizado en El Colegio de México
Viernes 2 de septiembre de 2016, p. 11
Actualmente en México el uso de las legislaciones penales y civiles para restringir el derecho a la libertad de expresión ha sido una constante. Estas normas se han convertido en una herramienta eficaz para que políticos, funcionarios, empresarios, concesionarios de medios de comunicación y otros intenten callar las voces críticas y disidentes.
Periodistas y defensores de la libertad de expresión señalaron lo anterior durante el seminario Demandas contra periodistas; el uso de las leyes contra la libertad de expresión, organizado por El Colegio de México.
Edison Lanza, relator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dijo que el uso de demandas civiles contra los periodistas tiene un efecto tan dañino como otros medios usados con el mismo fin.
En los pasados dos años, ese organismo ha registrado al menos diez casos de demandas de este tipo contra comunicadores, algunas de las cuales ya tienen condenas civiles ‘‘por expresiones que la justicia ha considerado abusivas en materia de libertad de expresión. Por tanto, lo tenemos que anotar desde ya como uno de los problemas que tiene el país en esa materia’’.
Los demandados, agregó, son profesionales que realizaban una labor de escrutinio público, de investigación periodística, de debate político en el marco de un proceso electoral, de ejercicio de la opinión y análisis a través de los medios. Y en una sociedad democrática éstos deben ser protegidos.
En su turno, la periodista Carmen Aristegui hizo un recuento del conflicto surgido a partir de la difusión sobre el trabajo de investigación de la llamada Casa Blanca.
La comunicadora confió en que una vez que su demanda contra la cadena MVS no prosperó en las instancias nacionales, la Comisión Interamericana pueda atenderla como una violación a la libertad de expresión, pues desde su perspectiva los concesionarios son dueños de la emisora, pero no del espacio radioeléctrico, que pertenece a la nación.
A su vez, Ana Cristina Ruelas, de Artículo 19, informó que en 2016 se presentaron cinco demandas contra periodistas y en dos de ellas los jueces han fallado contra los comunicadores.
Agregó que varios tipos penales siguen vigentes en algunas entidades del país para demandar a periodistas. ‘‘El delito de ultrajes se encuentra en 26 estados, los delitos contra el honor en nueve, los de halconeo en 21 y las leyes anti-meme en seis.
Un primer paso para garantizar la libertad de expresión en México, aunque no de forma absoluta, es derogar estos tipos penales de nuestros códigos’’, concluyó la comunicadora