Serán aplicables para menores de entre 12 a 18 años
Lunes 20 de junio de 2016, p. 10
Como parte del nuevo sistema de justicia penal –entró en vigor el fin de semana–, el Congreso de la Unión aprobó la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, aplicable a los menores de entre 12 y 18 años, el cual busca garantizar el debido proceso, así como el interés superior de la niñez.
En el decreto avalado por la Cámara de Diputados se define la inimputabilidad de los menores de 12 años, la obligación de informar de inmediato la detención a los padres o tutores, así como separar a adolescentes de adultos jóvenes y a éstos de los adultos, con objeto de ‘‘evitar consecuencias indeseables al aplicar modelos y padrones de conducta usuales’’ cuando se les mezcla en una sola población.
De esta manera, el nuevo sistema pretende no sólo ser garantista sino atender la dimensión sicológica del adolescente, más allá de sólo la penal. Como parte del decreto se determinó que para ello se debe evitar, en la medida de lo posible, el internamiento de los menores de edad en un centro penitenciario, y para ello introduce la figura de solución de controversias.
Las medidas alternativas a la prisión serán orientación y supervisión, asesoramiento, libertad vigilada, colocación en hogares de guarda, así como programas de enseñanza y formación profesional, y que la prisión o el internamiento sean aplicables lo menos posible.
Este contexto se da porque los legisladores consideraron que un menor que infrinja las leyes ‘‘no por ese hecho deja de ser una persona que requiere protección y tratamiento especial’’. Por ello se determinó la obligación del Estado para dedicar instalaciones adecuadas y especiales, así como personal y elementos policiacos debidamente capacitados, incluido el de los juzgados.
La especialización a que la ley les obliga es de conocimientos en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, del sistema integral de justicia y del penal acusatorio; de medidas de sanción especiales y prevención del delito, además de habilidades para el trabajo con adolescentes. Se dispuso que la especialización se realizará mediante convenios con instituciones académicas.
Uno de los principales objetivos del nuevo sistema legal para menores de 18 años consiste en definir que deben ser atendidos como personas en desarrollo y, por tanto, no se les puede considerar sujeto adulto; en ese sentido, la consecuencia jurídica para los que cometan un delito debe ser diferente.
‘‘En el caso de los adolescentes, se busca no sólo la reinserción social y familiar, sino también el máximo desarrollo integral del menor, considerando sus habilidades y capacidades, no siendo así el objeto imponer un castigo’’, resalta el proyecto en vigor.
Para la Cámara de Diputados, que la semana pasada avaló la minuta correspondiente enviada por el Senado, los adolescentes no deben estar sometidos a los procesos o sanciones que son aplicables a los adultos y, por ningún motivo, en las mismas condiciones.
De esta manera, por ejemplo, se prohíbe la aplicación de la figura del arraigo para adolescentes, y deberá buscarse siempre el apoyo y respaldo de la familia, así como fortalecer los vínculos con ésta.