a Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le asigna a la Ciudad de México la categoría de independiente, pero para constituir su Asamblea Constituyente que le dará vida a la Ciudad de México no permite que sean sólo ciudadanos quienes la integren, sino que faculta al Presidente de la República y al jefe de Gobierno citadino y a las cámaras del Congreso de la Unión a que nombren cada uno diputados constituyentes.
El proceso electoral que señala la reforma constitucional del pasado 29 de enero impide que sean sólo los ciudadanos capitalinos los únicos que voten la naturaleza jurídica de lo que será Ciudad de México
, a la que además le han arrebatado el artículo determinado de su nombre y han provocado la aberración de que un órgano nacido de la voluntad de un constituyente, como es el Congreso de la Nación, se atribuya la facultad de participar en la constitución de la entidad política de la que será el asiento de los poderes de la Unión.
A los capitalinos se les ha negado el derecho a decidir cómo debe ser y cómo debe gobernarse su ciudad.
En el actual proceso electoral se estipuló la participación de ciudadanos con la categoría de independientes, pero se le fijó la condición de que presentaran el equivalente a uno por ciento de los integrantes del padrón de electores de la capital de la República, que es de 97 mil 970, cifra desproporcionada que se consideró un obstáculo no como un simple trámite. Sólo ocho de los 75 aspirantes fueron avalados para buscar la candidatura independiente, de los 75 que participaron y de los 60 que completan la lista total de votantes.
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados propondrá a 14 candidatos a diputados constituyentes y serán designados con el sufragio de las dos terceras partes de los miembros presentes. La elección de los 14 representantes del Senado seguirán el mismo procedimiento, el cual ha sido objeto de severas críticas porque se prevé la posibilidad de que legisladores de otros estados discutan y decidan lo que será la vida de la Ciudad de México y no se permite que sean solamente ciudadanos capitalinos quienes participen.
Una objeción semejante reciben los representantes de los nueve partidos políticos acreditados, pues escogerán a 52 candidatos a diputados no necesariamente producto de una elección interna sino conforme a su régimen interno.
La creación de Ciudad de México ha sido motivo de controversias que comenzaron apenas consumada la Independencia, precedieron al Congreso Constituyente de 1824 y se centraron en la ubicación de la sede de los poderes de la Unión y en la superficie que ocuparía. Los liberales defendían que se ubicara en Querétaro, los centralistas
, la querían en la Ciudad de México. Se optó por la capital actual y se discutió largamente cuál debería ser su superficie y algunos insistían en que ocupara una superficie de dos leguas de radio y que tuviera por centro el Zócalo, superficie que finalmente se asignó a un distrito por decisión del Congreso General el 18 de noviembre de 1824, al que el Congreso Constituyente le había asignado decidir la ubicación.
Numerosas vicisitudes ha experimentado la capital a lo largo de 192 años contados a partir de 1824.
El diseño hecho por los actuales miembros del Congreso en el decreto expedido por el presidente Enrique Peña Nieto no resuelve sino complica en forma aberrante la vieja controversia porque se niega a la Asamblea General y a la Ciudad de México, la libertad de decidir democráticamente, aún antes de decidir quiénes integrarán la Asamblea Constituyente.