Proponen elevar castigo administrativo
Martes 1º de marzo de 2016, p. 12
En la sesión de ayer, el presidente de la Comisión Anticorrupción y Participación del Senado, Pablo Escudero, y el senador del PRI Enrique Burgos presentarán al pleno un paquete de normas anticorrupción: las leyes generales del sistema y de Responsabilidades Administrativas.
De igual forma, la ley orgánica del tribunal de justicia administrativa. Además, modificaciones y adiciones a las leyes orgánica de la Administración Pública Federal; de Fiscalización; General de Contabilidad Gubernamental, y de Coordinación Fiscal.
Se trata de disposiciones reglamentarias para el Sistema Nacional Anticorrupción. Esas propuestas, del PRI y del PVEM, se suman a las presentadas por los grupos legislativos del PAN y del PRD, así como a un planteamiento ciudadano.
Escudero destacó que se propone crear un registro especial de servidores públicos que participan o intervienen en contrataciones públicas, el cual incluirá nombres y adscripción de quienes intervengan en dichos procesos, ya sea de tramitación, atención y resolución para la adjudicación de un contrato, otorgamiento de una concesión de licencia, permiso o autorización, así como enajenación de bienes muebles. Asimismo, de aquellos que dictaminen en materia de avalúos. El registro sería actualizado quincenalmente.
Se propone un incremento sustancial a las sanciones administrativas, por lo cual las faltas graves alcanzarían hasta 20 años de inhabilitación y multa económica hasta de dos tantos del beneficio o perjuicio causado. En el caso de los privados vinculados con faltas graves, se prevé la disolución de la sociedad y la indemnización por daños o perjuicios.
En entrevista, detalló que por lo que respecta a la Ley General de Responsabilidades Administrativas se estipula de manera muy clara la calificación de las faltas graves y sus procedimientos, entre las cuales se encuentra obtener o pretender lograr por sí, o mediante terceros, cualquier beneficio no comprendido en su remuneración; causar daño o perjuicio a la hacienda pública o al patrimonio público; adquirir para sí o para personas cercanas bienes y valores que pudieran incrementar su valor, como resultado de información privilegiada; intervenir de cualquier forma en asuntos en que tenga conflicto de interés, y falta de veracidad en las declaraciones de situación patrimonial o de conflicto de interés.