Jueves 18 de febrero de 2016, p. 34
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer al gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, y al Congreso local reconocer que es inconstitucional la definición del concubinato en el Código Civil estatal, que, al igual que la de matrimonio, estipula que es la unión de un hombre y una mujer
. La orden fue resultado de que los ministros otorgaron a un quejoso un amparo en contra del artículo 291 bis del Código Civil, según el cual el concubinato se limita a parejas de distinto sexo.